La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anulado una sanción al conductor suicida que provocó la muerte de un joven en Alzira derivada de una infracción por exceso de velocidad. La sanción se produjo cuando el kamikaze Ramón Jorge R. S. tenía retirado el permiso de conducir y la resolución llega casi dos años después de que el implicado pagara la multa de 300 euros, con el correspondiente recargo de 60 euros por no identificar al conductor y abonarla fuera de plazo.

Además, la resolución que revoca esta sanción, firmada por la propia Directora General de Tráfico el 1 de abril, se produce apenas veinte días después de que el interesado solicitara la anulación de la multa. Con todo, la resolución de María Seguí argumenta que, «a la vista de las actuaciones obrantes en el expediente», procede la «revisión de oficio» de aquella sanción.

La anulación de esta multa se produce cuando el Tribunal Supremo tramita el recurso interpuesto contra el indulto, en el que la familia de José Alfredo Dolz, el joven fallecido en 2003 en la AP-7, alega que la imposición de esta multa cuando el kamikaze tenía retirado el carné de conducir demostraría que no se cumple uno de los requisitos necesarios para que se conceda esta medida de gracia, el haber demostrado una conducta ejemplar.

La repercusión que tuvo el polémico indulto el hijo del ministro de Justicia Alberto Ruiz Gallardón, que concedió el indulto, trabaja en el bufete que defiende al kamikaze propició que la familia tuviera conocimiento de una notificación publicada en mayo de 2010 en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y dirigida a Ramón Jorge por una multa por exceso de velocidad cuando un vehículo del que figuraba como titular circulaba en febrero por Benalmádena (Málaga). Tráfico le requirió para que identificara al conductor, aunque nunca lo hizo, lo que dio lugar a una sanción de 300 euros por incumplir esta obligación. Pagó el 29 de julio de 2011, fuera de plazo. Más de año y medio después, en su petición para que se revoque la multa, aporta una declaración jurada en la que argumenta que no era él el que conducía ya que había traspasado el vehículo a otra persona, que confirma esta declaración.

El abogado de la familia, Agustín Ferrer, comentó ayer que «llama poderosamente la atención» que se produzca ahora esta resolución que limpia el expediente del kamikaze, a las puertas de que el Supremo resuelva su recurso.