La Audiencia de Alicante ha condenado a un hombre por colocar cámaras en el dormitorio de su hermanastra en Villena cuando ésta contaba con 16 años de edad para observarla, según la sentencia hecha pública ayer por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

El fallo le impone un total de 22 meses de prisión por un delito de revelación de secretos y a indemnizar con 3.000 euros a la joven por violar su intimidad. La víctima había denunciado haber sufrido hasta tres abusos sexuales por parte de su hermanastro en aquella misma época, hechos que la sentencia no ha considerado probados y por los que éste ha quedado absuelto.

El fallo declara probado que el acusado había convivido con su hermanastra en el domicilio familiar hasta los 18 años, hasta que se fue a vivir con sus abuelos y luego visitaba la casa de la madre los fines de semana. Según la sentencia, la madre llegó a sorprender a los dos hermanastros abrazados en la cama vestidos y habían llegado a mantener una relación de noviazgo. La joven estuvo fuera del domicilio familiar entre los 13 y los 16 años, hasta que volvió a Villena en 2011. El acusado intensificó las visitas al domicilio familiar hasta llegar a volver a residir en él. En este tiempo, los dos hermanastros llegaron a tener una relación sexual completa y consentida por ambas partes. Pero fue a partir de ese momento, cuando ella se negó a continuar la relación con su hermanastro.

Entre los meses de junio y septiembre, el acusado colocó cámaras en la habitación de la menor, que contaba con 16 años de edad, sin conocimiento, ni consentimiento de ésta, con el fin de espiarla y observarla, declara probado la Audiencia. Según la sentencia, el fallo padece una inteligencia límite y un trastorno de la personalidad tipo A, condificultades para relacionarse y para interpretar correctamente sentimientos y emociones de terceros. Estos problemas, según el fallo, disminuyeron sus capacidades para valorar adecuadamente las posibles consecuencias de los hechos enjuiciados, lo que produce una disminución de su imputabilidad, sin llegar a anularla.

Por estas circunstancias, el fallo le aplica una eximente incompleta por anomalía psíquica. La sala rechaza aplicar la pena en su extensión mínima, porque la conducta del acusado fue reiterada, llegando a instalar la cámara en el dormitorio hasta tres veces seguidas.

Por su parte, la menor padece un trastorn o histriónico de la personalidad que, según el fallo, tiene entre sus rasgos más diferenciadores «la teatralidad, exhibicionismo, comportamiento seductor, llamadas de atención promiscuidad sensual, falta de empatía y autrocrítica», entre otros.

Un trastorno que ha pesado en la credibilidad de la denunciante en los supuestos episodios de abusos que dijo haber sufrido de su hermanastro.