La Audiencia de Alicante ha absuelto a un hombre acusado de abusar de una menor discapacitada al considerar que la víctima era consciente de lo que hacía y fueron relaciones consentidas, según el fallo al que tuvo acceso ayer este diario. La joven tenía 16 años de edad, pero una edad mental de entre 9 y 12, y mantuvo relaciones sexuales completas con el acusado de 37 años en seis ocasiones en el verano de 2014 en el domicilio de éste, algunas de ellas en presencia de otro menor, que llegó a participar.

La Fiscalía consideraba que la joven no podía prestar libremente el consentimiento a estas relaciones y reclamaba penas que sumaban hasta 28 años de cárcel por éste y otros delitos. La sentencia le condena a dos años de cárcel por abusar de otra niña de once, amiga de su hijo, en un parque de Altozano y le absuelve por falta de pruebas de haber mostrado imágenes pornográficas con el móvil a otros cinco niños. El procesado, que estaba defendido por el letrado José Manuel Sánchez Ibarra, estaba en prisión preventiva por estos hechos.

El fallo de la Sección Segunda mantienen que el grado de discapacidad de la víctima era leve, con un buen nivel de adaptación, sin que una persona sin conocimientos médicos pueda apreciarlo. «Aunque se trate de una persona fácilmente sugestionable e influenciable, ello no implica que no pueda decidir libremente mantener relaciones sexuales», argumenta la sentencia. Los magistrados consideran que «difícilmente pueda imputarse al acusado que se prevaliese de una circunstancia no patente» que añaden que fueron de manera voluntaria en seis ocasiones y que incluso a iniciativa de ella.

En cambio, la sentencia sí considera probado que entre septiembre y octubre de 2014 abordó a otra menor de doce años, amiga de su hijo y prima de la víctima, y la sentó en sus rodillas, colocando una chaqueta por encima de las piernas de ambos para hacer tocamientos en las partes íntimas de la menor. Poco después le mandó un mensaje al WhatsApp para que bajara a darle un beso en la boca. Los magistrados se han basado en la declaración de la menor, que dio detalles del suceso y fue persistente en el relato.

La sentencia le condena también por cuatro faltas de amenazas a un grupo de niños con los que también coincidía en el mismo parque. El fallo considera probado que el acusado les contó la relación que tenía con la menor discapacitada y les pedía que le facilitaran teléfonos de chicas compañeras de ellos, algo a lo que le dijeron que no. El procesado les amenazó con partirles los dientes o hacer daño a su familia, si contaban algo. Aunque se trata de amenazas a menores de edad, el tribunal considera que no revestían gravedad, ni eran firmes, «dado que los niños no dejaron de asistir al parque donde sabían que coincidirían con el acusado, ni éste reiteró sus amenazas» por eso le condenan por una falta y no por un delito como pedía la Fiscalía y le imponen una multa de 96 euros. El tribunal tampoco considera probado que enseñara a estos niños imágenes pornográficas, ya que esas fotos no se han incorporado al proceso. «La mera muestra de fotos de mujeres desnudas, no es suficiente», concluyen.