Después de ocho años de proceso y dos juicios por los mismos hechos, un vecino de Crevillent al que se le incautaron 198 plantas de marihuana en 2010 ha sido absuelto ahora por segunda vez por un juzgado de lo Penal de Elche tras repetirse el juicio. Esta vista se celebró de nuevo tras haber sido condenado «indebidamente» por la Audiencia ilicitana a un año y dos meses de prisión, según los abogados defensores del acusado, Esther C. Sánchez y Aitor Prieto, del estudio jurídico Brotsanbert de Alicante.

Los defensores del acusado presentaron un incidente de nulidad de actuaciones y la Sección Séptima de la Audiencia dictó un auto en el que el tribunal, presidido por el magistrado José de Madaria, falló que procedía anular la sentencia condenatoria que dictaron por un «error en la valoración de la prueba» y acordó que se retrotrayeran las actuaciones para celebrar de nuevo el juicio. Este se celebró y el resultado ha sido nuevamente a favor del acusado, que ha sido absuelto al entender la magistrada del juzgado de lo Penal número 1 de Elche que no se ha probado que el destino de la droga decomisada fuese su venta a terceras personas.

Incidente de nulidad

El primer juicio al acusado ahora absuelto se celebró en 2014 y en febrero de 2015 se dictó una sentencia absolutoria que fue recurrida por el fiscal. El recurso de apelación fue estimado por la Audiencia de Elche en mayo de 2017, que dictó una sentencia revocando la absolución y condenándole a un año y dos meses de prisión.

Los abogados defensores presentaron un incidente de nulidad y tras anularse la sentencia condenatoria al admitir la Audiencia que hubo un error en la valoración de la prueba se celebró el juicio en el mismo juzgado, pero ahora con una magistrada diferente. El fiscal solicitó que se le condenara a dos años y dos meses de cárcel y la abogada Esther C. Sánchez pidió su absolución. Al final, el acusado ha sido de nuevo absuelto del delito contra la salud pública por el que ha estado acusado durante este largo proceso.

El nuevo fallo, que ha sido notificado hace unos días a la defensa del acusado, declara como hechos probados que la Guardia Civil intervino el 15 de diciembre de 2010 un total de 198 plantas de cannabis sativa que arrojaron un peso de 3,5 kilos brutos y fueron cultivadas por el acusado en un invernadero en su domicilio de una pedanía de Crevillent. Las plantas estaban en una terraza y en el interior de la casa había además plantas troceadas para que se secaran. Igualmente, en un tendedero había marihuana ya dispuesta para su consumo.

La sentencia absolutoria considera que no hay elementos suficientes para deducir que destinara la droga al tráfico y estima «que las tenía para su consumo». El acusado es consumidor de cannabis y las plantas no estaban ocultas, se veían desde las viviendas de los vecinos, precisa el fallo.