La Audiencia de Alicante ha absuelto al exconcejal del PP Antonio Sobrino y al técnico municipal Diego Agulló de fraccionar contratos para la organización de una feria outletferia outlet en el recinto de la Volvo en el Puerto de Alicante, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. La Fiscalía Anticorrupción y la acusación particular les llevaron al banquillo por un delito de prevariación y por el que les reclamaban nueve años de inhabilitación. Los magistrados de la Sección Décima no ha considerado probado que se hubieran troceado los contratos para la organización del evento, tal como sostenían las acusaciones.

La feria se celebró entre el 9 y el 12 de octubre de 2009 para cuya organización el Ayuntamiento, cuando Sobrino era concejal de Comercio, pagó 30.531 euros. Este proceso era una pieza separada del llamado caso Isjoma, que investiga un presunto trato de favor a la mercantil que facilitaba infraestructura para eventos festeros en la ciudad.

La sala no ha considerado probado que la totalidad de la feria debería haberse realizado como un contrato único, ni que el exedil participara en la supuesta operativa del fraccionamiento de facturas para poder cobrarlas. El Ayuntamiento tuvo que asumir la organización del evento al no conseguir la entidad que iba a hacerlo los suficientes patrocinadores. Según la resolución de la Sección Décima, la actitud del exedil se vio apremiada por motivos de proximidad de la celebración del evento y éste no fue consciente de estar suscribiendo un contrato al margen de los procedimientos legalmente establecidos. La sala considera que el exedil con su decisión esponsorizó un evento a modo de subvención. Los magistrados entienden que la Corporación "pretendía fomentar una actitud que favoreciera los intereses comunes de los pequeños comerciantes de la ciudad y no la contratación directa de servicio o suministro alguno". También recalca que el método elegido para el abono de las facturas, "se realizó siguiendo exclusivos criterios de los técnicos".

Tampoco la Audiencia considera probado que el técnico Diego Agulló incurriera en un fraccionamiento de contratos, ya que cuando se organizó la feria éste se encontraba de baja. Las acusaciones le imputaban haber aprobado los pagos fragmentados "abonándolos como si fueran contratos menores". La Sección Décima concluye que no ha quedado probado que la prestación de este servicio resultara indivisible o si era posible la prestación diferenciada de partidas unitarias. La sala asegura que el procedimiento administrativo para sufragar los gastos de la feria no causó perjuicio alguno a las arcas públicas y que se trató de un pago legítimo por la realidad de lo facturado y la existencia de un presupuesto para su pago.