La Audiencia de Alicante ha condenado a siete años de prisión a un hombre de 31 años por agredir sexualmente a una empleada de un establecimiento comercial de Onil, según la sentencia dictada por la Sección Segunda. El fallo impone también al acusado una pena de multa de 1.080 euros por un delito de lesiones y que indemnice a la víctima con 6.280 euros por las lesiones y las secuelas psíquicas.

Los hechos declarados probados en la sentencia, que fueron reconocidos por el agresor, ocurrieron a las dos y media de la madrugada del 4 de julio de 2019 en un establecimiento comercial de Onil. El acusado se dirigió a una empleada del local con la excusa de ayudarla a recoger, pero nada más lejos de la realidad. Con la intención de satisfacer sus deseos sexuales, la agarró fuertemente por la cintura y le tocó el pecho a pesar de las reiteradas negativas de la víctima.

Forcejeo

La mujer forcejeó con el agresor, pero este le tapó la boca para evitar que gritara y consiguió tumbarla en el suelo, donde la agredió sexualmente.

La mujer sufrió lesiones físicas leves y un trastorno de estrés postraumático a causa de la situación sufrida, según la sentencia.

El fallo recoge en sus fundamentos jurídicos que el acusado reconoce los hechos y destaca que el testimonio de la víctima fue muy claro. Los hechos denunciados se encuentran además corroborados y reflejados en la documentación médica aportada.

La sentencia condenatoria señala que, de acuerdo al artículo 89 del Código Penal y dada la pena impuesta y la extranjería del acusado, una vez sea firma el fallo se abrirá un «incidente respecto de la eventual sustitución de la ejecución de todo o parte de la pena por la expulsión del territorio español».

Además de la pena de cárcel y la indemnización, la Audiencia acuerda en el fallo la pena de prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 500 metros de la víctima en cualquier lugar que se encuentre o de aproximarse a su domicilio, lugar de trabajo u otro sitio, todo ello durante un periodo de 17 años.