La Audiencia de Alicante ha confirmado la pena de dos años impuesta a un hombre de 32 años condenado por un delito de lesiones tras golpear a otro con una botella de cristal durante una pelea en la zona de ocio del puerto de la ciudad.

Los hechos se produjeron durante la madrugada del 21 de mayo de 2014 en el muelle de Levante del Puerto de Alicante, cuando la víctima de la agresión trataba de ayudar a un amigo envuelto en una trifulca.

De acuerdo con la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Alicante, como consecuencia del impacto la víctima sufrió una contusión craneal y un corte en la cabeza por la que, no obstante, no quedó impedido para el ejercicio de sus ocupaciones habituales.

En cualquier caso, el fallo obligaba al condenado a indemnizar al perjudicado con una suma de 1.080 euros en concepto de responsabilidad civil.

El condenado recurrió en apelación con el argumento de que, durante el juicio, se había incurrido en un error en la valoración de la prueba, en la medida en que el juzgador no había valorado las contradicciones en los testimonios ofrecidos por la víctima y un testigo, amigo suyo.

Entre ellas, el recurso aludía básicamente a la referencia ofrecida por ese testigo sobre la participación de una tercera persona como posible responsable del botellazo.

No obstante, el tribunal de la Sección Tercera rechaza ese argumento y ratifica la sentencia original, tras exponer que estuvo fundamentada en la valoración de la prueba existente, en la medida en que tanto la víctima como el testigo siempre identificaron al procesado como el autor de la agresión, puesto que declararon que se trataba de una persona "de raza árabe".

Según la sentencia, con ese rasgo solo se podía señalar al condenado, puesto que era el único de los participantes en la pelea que cumplía esa condición.