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Absuelto de malos tratos al cuestionar los jueces a su pareja

El acusado se enfrentaba a penas que sumaban más de doce años por maltrato habitual y agresión sexual

Fachada de la Audiencia de Alicante en una imagen de archivo.

La Audiencia de Alicante ha absuelto a un acusado de malos tratos al no creer el tribunal a la denunciante, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. Al hombre se le pedían penas que sumaban más de doce años de prisión por cuatro delitos de violencia de género, otro de maltrato habitual y una agresión sexual, de los que ha quedado absuelto. El hombre, que estaba defendido por la abogada Sandra Jiménez Cabornero, negaba todos los hechos y solo admitía haber insultado a su pareja en alguna de las discusiones.

La denunciante tenía 19 años cuando se fue a vivir con el acusado que por entonces contaba con 32, en Elche en 2014. El acusado contaba con una condena por injurias y vejaciones injustas a la víctima dictada por un juzgado de Violencia sobre la Mujer de Elche. La sala cuestiona el hecho de que estos hechos por los que el procesado fue condenado se produjeron el mismo día que uno de los incidentes por los que ahora se le lleva al banquillo. «La víctima reconoce que el supuesto enjuiciado es el mismo, si bien no da una explicación razonable al por qué allí solo se discutió sobre unas injurias y ahora aquí se incorporan unos hechos más graves, como es una agresión que se produce en el mismo acto», señala el fallo.

El hombre estaba acusado de maltratar a la denunciante de manera continua durante los tres años y medio que duró la relación, insultándola a menudo y revisando su móvil para ver con quien hablaba. También se le acusaba de haberla violado a su expareja en abril de 2018 tras una visita a los padres del acusado con éste para que vieran a la hija que tenían en común. Ninguno de estos extremos ha quedado probado para el tribunal.

La sala asegura que le llama la atención que pese a la riqueza de detalles que en la descripción y precisa no aporte otros. «No puede concretar la hora, si bien concretó que el acusado le llamó con la excusa de que quería ver a la niña y que a ella le extrañó porque éste ya debería estar en el trabajo», señala el fallo. La sentencia incide en que en uno de los partes médicos de Urgencias «se establece como diagnóstico el embarazo normal, sin que en éste se recoja ninguna lesión y no hay ni rastro de los golpes y patadas que dice que recibió del acusado días antes».

Por todas estas contradicciones, la sala asegura que no puede concluir que la denunciante haya sido objeto de los malos tratos y la agresión sexual, ni que su sintomatología ansiosa y depresiva tenga por causa los hechos por los que se ha formulado la acusación. La sentencia asegura que hay otras pruebas que restan credibilidad al testimonio de la víctima, como la declaración del padre del acusado, o la del encargado de la empresa donde éste trabajaba y que respaldaron algunas de sus versiones. El procesado atribuyó la denuncia a un intento de su expareja de hacerse con la custodia de la niña, extremo sobre el que la sala no se pronuncia.

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