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La aseguradora de un ascensor que se desplomó compara el siniestro con uno de tráfico

Una de las víctimas relata al juez que desde el accidente no ha llevado una vida normal y que ni siquiera pudo cuidar a su madre al morir

Ana, en la sala de vistas momentos antes de empezar el juicio para reclamar su indemnización. | RAFA ARJONES

Un accidente de ascensor en la plaza Calvo Sotelo de Alicante dejó a Ana incapacitada para cualquier profesión y con necesidad de tener a personas que la asistan a diario. En el juzgado de Primera Instancia número siete de Alicante quedó este viernes visto para sentencia el juicio con el que a través de la vía civil la perjudicada reclama una indemnización por las graves secuelas del accidente. Los demandados son la empresa encargada del mantenimiento, Thyssenkrup Elevadores SLU y la aseguradora de la mercantil y a quienes se reclama una indemnización de 953.990 euros; por su parte, los letrados de ambas compañías ven «desproporcionada» esta cantidad y consideran que en aplicación del baremo vigente para accidentes de tráfico debería ser de 282.000 euros. Un criterio con el que no está de acuerdo, ni Ana, ni la otra damnificada en el siniestro, Paloma, porque «cuando uno coge un coche es consciente de que puede tener un accidente. No se puede imaginar que se vaya a caer el ascensor».

La víctima relató con lágrimas en los ojos cómo es incapaz de hacer una vida normal desde el accidente, que además coincidió con el momento en que murió su madre, con 92 años. «El accidente también la mató a ella y yo no pude cuidarla», dijo visiblemente emocionada.

El siniestro ocurrió la tarde del 8 de mayo de 2013 y en él resultaron heridas dos mujeres al precipitarse al vacío unos pocos metros el ascensor en el que descendían de una séptima planta. Archivada la vía penal, este viernes quedó visto para sentencia el primer juicio en la vía civil y la vista por la otra mujer herida, quedó condenada a una silla de ruedas, se celebrará el próximo noviembre.

Ana, que tenía 53 años cuando ocurrió el accidente, no solo sufrió lesiones físicas, sino también psicológicas. Necesita apoyarse en un andador para salir a caminar y frecuentemente debe sentarse en él para poder descansar, mientras que en su casa necesita ayuda para cocinar o meterse en la ducha, como consecuencia de las lesiones que el accidente le causó en la columna y en las rodillas. Pero su abogado plantea que además de los problemas de movilidad hay secuelas psíquicas por el síndrome de estrés postraumático y por la depresión. «Pierde el hilo y las dificultades para concentrarse le impiden hasta de poder disfrutar de la lectura de un libro», aseguró su abogado, del despacho Muñoz-Zafrilla. Ana era psicóloga clínica y su carreta profesional quedó truncada a raíz de la caída.

Por su parte, las defensas de la aseguradora y de la empresa de mantenimiento del ascensor, incidieron en que «nunca hemos dudado la gravedad de las lesiones, pero la herramienta que tiene nuestro sistema para determinar las cantidades de una indemnización es el baremo de tráfico». Los letrados cuestionaron que se hayan mezclado dos baremos de años distintos para calcular las indemnizaciones y señalaron que la denunciante ni siquiera tiene la consideración de persona dependiente.

Un pleito más centrado en las lesiones médicas

El juicio celebrado por el accidente del ascensor ni siquiera abordó las causas del siniestro y se centró en el alcance de las lesiones y en calcular la indemnización. El abogado demandante señaló que es señal de que la empresa admite la negligencia. La defensa de las compañías incidió en que tras el pleito, una vez fijada la indemnización, lo reclamarían a los que ellos consideraban verdaderos responsables del accidente.

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