César Román, el 'Rey del Cachopo', ha denunciado en el recurso presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) contra la sentencia que le condenó a 15 años de cárcel por el homicidio de Heidy Paz Bulnes haber sido víctima de "un juicio paralelo" desde que comenzó la instrucción comparándose con el caso mediático de Dolores Vázquez.

En el recurso, de 114 folios y al que tuvo acceso Europa Press, la defensa de César Román, la letrada Ana Isabel Peña, impugna el fallo dictado por la Audiencia Provincial de Madrid por vulneración de los derechos fundamentales de presunción de inocencia, igualdad de armas y derecho de defensa, entre otros.

Solicita que se absuelva a su cliente o, en su defecto, retrotraiga el procedimiento en el momento en el que se han vulnerado sus derechos fundamentales, anulando la sentencia y el juicio. Además de la pena de cárcel, los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid imponían al empresario cinco años de libertad vigilada una vez que sea excarcelado.

En el recurso, la letrada denuncia que sobre su patrocinado se ha hecho un juicio paralelo "como ha ocurrido en otras ocasiones con casos mediáticos" mencionando el de Dolores Vázquez, declarada culpable sin pruebas y por la presión social por un jurado popular en relación a la muerte de Rocío Wanninkhof. Vázquez fue puesta en libertad 17 meses después al ser inocente.

También se cuestiona en el escrito judicial la valoración de la prueba realizada tanto por el jurado popular como por el tribunal que dictó la sentencia, así como la denegación de pruebas solicitadas por esta defensa.

Al igual que hizo en el juicio, la letrada cuestiona la validez de las huellas aparecidas en los botes de sosa caústica que se hallaron en un cubo de basura que se encontraba en el interior de la nave donde se halló el torso de la chica el 13 de agosto de 2018. Los investigadores localizaron además huellas con el ADN de César en la maleta en la que se localizó parte del cuerpo.

Denuncia igualmente que la presunción de inocencia de su cliente se vio mermada desde el inicio de la instrucción, ya cuando se dictó un auto, de 20 de septiembre de 2020, para "localizar en el domicilio de César los restos humanos que completaran el torso hallado" en la nave. "La presunción de inocencia quedó destruida ya que apuntaba a los investigadores la necesidad de localizar, insistimos, en el domicilio de mi mandante el resto de los miembros que junto al torso completarían u cuerpo humano", recoge la resolución.

No se investigó una huida

Antes del recurso, la letrada planteó al Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, que inició las pesquisas judiciales y que luego se inhibió a un Juzgado de Violencia sobre la Mujer, un incidente de nulidad, que fue denegado, y que de nuevo plantea ante el Alto Tribunal madrileño. Arguye que en la visualización en la sala durante el juicio de la pieza tecnológica relativa al registro del piso de la calle López Grass de Vallecas se pudo comprobar que faltaban efectos que dicen ser intervenidos y que además aparecían en el acta judicial y en el oficio de la Policía. Critica que, tras el hallazgo de diversa documentación, que bien pudiera revelar datos sobre los movimientos de Heidy, "no se realizó ningún tipo de averiguación por parte de policía o por parte del juzgado instructor". Si se hubiera hecho alguna averiguación, "quizás existiría la hipótesis de que Heidy viajó con ese pasaporte, o que utilizara la tarjeta VISA o el DNI de dos mujeres distintas. E incluso, se podrían haber analizado los movimientos realizados con las tarjetas de transporte encontradas", sostiene. La letrada considera que este hecho vulnera los derechos fundamentales de su cliente, sino que "además denota claramente que la investigación tan sólo se dirigía a culpabilizar al mismo, y no a averiguar lo que había sucedido".

Respecto a Heidy, la letrada insiste en la idea de que la chica apareciera en unas fotografías junto a un arma "es indicativo de su presunta involucración en actividades delictivas, ya que nadie que no esté en este tipo de actividades ilícitas y que carezca de documentación legal en nuestro país, la tiene para recoger donativos de la Cruz Roja".

En el juicio, Román relaciona a la que fuera su pareja con maras hondureñas y con una banda criminal de vuelcos de drogas, una tesis que negaron los investigadores y el propio tribunal en su resolución al no existir ni un dato sobre esta hipótesis. Se queja igualmente de que las testificales aportadas en el juicio no fueron tomadas en cuenta, como la de un perito que insinuó que una de las huellas se podría haber manipulado por parte de la Policía, y denuncia que "el veredicto fue una reproducción exacta del escrito de conclusiones del ministerio fiscal".

Hechos probados

Los magistrados consideraron que los hechos juzgados constituían un delito de homicidio al haberse ocasionado con forma intencionada la muerte de la joven, a quien mató la madrugada del 5 de agosto de 2018 en el piso que había alquilado César poco antes en la calle López Grass del distrito de Vallecas.

La Sala se sustentó en el testimonio que ofrecieron los investigadores del Grupo VI de Homicidios en el juicio, especialmente aquellos que relataron que el móvil de la víctima se halló en la vivienda en la que alquiló una habitación el condenado tras huir a Zaragoza, donde fue detenido dos meses después del crimen. La sentencia señalaba que el descuartizamiento se produce para encubrir su propia conducta homicida, por lo que el delito de homicidio lo absorbe y lo tiene como agravante para la pena en su grado máximo.

El torso de Heidi Paz se halló en el interior de una maleta que se localizó el 13 de agosto de 2018 en la nave que César alquiló poco antes para ubicar su sexta sidrería. La principal prueba de cargo en el juicio fueron las huellas con ADN del empresario localizadas en la maleta y en los botes de sosa cáustica empleados para rociar el cadáver.

El acusado defendió en la vista oral que la que fuera su pareja bien estaba viva en Honduras o bien habría acabado con ella una supuesta banda organizada de 'vuelcos' de drogas, una tesis negada por los investigadores del Grupo VI de Homicidios.

La sentencia considera probado que el crimen se cometió en la madrugada del 5 de agosto de 2018 después de que la chica acudiera al piso de César en Vallecas tras celebrar un cumpleaños con unos amigos.