Sentencia
Los raperos 'El Jincho' y 'Osiris El Enemu' absueltos de agredir sexualmente a una menor en València
Estaban acusados de violar a una menor, de 17 años, tras un concierto celebrado en Mislata
La sentencia señala que hay “duda razonable” sobre los hechos denunciados y el abogado de la menor recurrirá la sentencia

Miguel Pérez
La Sección Cuarta de la Audiencia de València ha absuelto al rapero David Calvo Villa, más conocido como “El Jincho”, y al cantante urbano Escol Osiris, conocido como “Osiris The Enemy”, de agredir sexualmente a una menor de 17 años en un hotel de València.
Tal y como publicó Levante-EMV, ambos se enfrentaban a 13 años de cárcel por agredir sexualmente a una menor de edad cuando esta, acompañada por una amiga, acudió al concierto que daban en Mislata. Tras el mismo, ambas amigas fueron al hotel de València donde se alojaban los artistas. Una de ellas subió a una de las habitaciones donde, según el Ministerio Fiscal, el cantante le pidió mantener relaciones sexuales, a lo que la joven de 17 años se negó. Pese a ello, el primero insistió y la chica accedió ante el temor de que le ocurriera algo al estar sola. Cuando la víctima logró salir del cuarto, se dirigió a la habitación que ocupaba el segundo encausado, quien la forzó sexualmente, según denunció.
La Sala considera que, tras el examen de las declaraciones, las pruebas periciales y testificales y el resto de elementos, concurren elementos objetivos que generan una duda razonable sobre los hechos denunciados o sobre la existencia de alguno de los elementos que constituyen el delito.
De una parte, el Tribunal aprecia contradicciones entre las diferentes declaraciones de la víctima. La primera de ellas, prestada ante la Policía, y la segunda, ante los forenses, “difieren radicalmente”, en cuanto al lugar en el que ocurrieron las agresiones, en una misma habitación o en dos cuartos diferentes localizados en distintos pisos del hotel en el que se alojaban los cantantes, al que acudió la víctima y una amiga tras el concierto.
La amiga no vio nada grave
Por otra parte, la Sala destaca las declaraciones testificales de la amiga de la denunciante, que se encontraba en una de las habitaciones, que afirmó en el juicio que no “presenció ningún hecho de violación” y que “no vio nada grave”, junto a la testifical prestada por el recepcionista del hotel, quien explicó que la menor mantuvo una interacción “normal” con él cuando le pregunto dónde podía adquirir comida sin solicitarle auxilio, protección o asistencia.
En este aspecto la Sala puntualiza que, “sin prejuzgar cual pudiera ser la reacción esperable de una persona que afirma haber sufrido un agresión sexual”, esta conducta constituye un dato objetivo a la hora de analizar la coherencia del relato y la secuencia temporal de los hechos denunciados.
También valoran los magistrados como un elemento probatorio objetivo las imágenes de la grabación de las cámaras de seguridad del establecimiento, en las que no se aprecian signos externos de coacción o violencia en la entrada y la salida de la menor y los dos hombres, y los mensajes que la denunciante envió a uno de los cantantes horas después de los hechos, en los que le manifestaba su interés por ir a Madrid, donde se encontraban los artistas.
No sabían que era menor
El Tribunal detalla por último que no se puede concluir que los dos hombres conocieran que la denunciante era menor de edad debido a que era algo excepcional su presencia en la zona VIP del concierto al que, inicialmente, no podían acceder menores.
Por todo ello, la Sala absuelve a los dos cantantes, al considerar que existe una duda racional sobre cómo ocurrieron los hechos, duda que debe resolverse en favor de los dos acusados. La sentencia no es firme y contra ella se puede presentar recurso de apelación.
Tras conocerse el fallo absolutorio, el letrado Pablo Gonzálvez, que defiende a la menor, ha manifestado su intención de recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Para el abogado de la joven denunciante, se ha dado credibilidad a su “amiga” a la que, tal y como informó este periódico, solicitó que se le dedujera falso testimonio y además indica que hay errores en la valoración de la prueba practicada
Fuente: Levante - EMV
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