Dos hombres de nacionalidad británica han sido condenados por la Audiencia de Alicante a sendas penas de 19 años y seis meses por el asalto perpetrado a una vivienda de La Nucía (Alicante), en el que amordarzaron a sus moradores y les amenazaron para que les entregasen todo el dinero que poseían. La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Décima, les considera a ambos autores de los delitos de robo con violencia en casa habitada con uso de armas, un delito de lesiones y dos más de detención ilegal.

Los hechos enjuiciados ocurrieron la tarde del 24 de junio de 2018. Los magistrados consideran probado que los dos acusados, de 56 y 44 años, se conjuraron para acceder a la vivienda en la que pretendían cometer el robo a partir del plan trazado por el mayor de ellos, que había sido socio del dueño de la casa en el negocio de un bar. Así, de acuerdo con ese plan, el segundo de los procesados, junto a otros dos asaltantes que no pudieron ser enjuiciados, penetraron en la vivienda cubiertos por pasamontañas para impedir que se les identificase. Después de saltar la valla perimetral que cercaba la finca, sorprendieron a su propietario en el jardín y le golpearon con un martillo en la cabeza hasta conseguir reducirlo y conducirlo hasta el interior de la casa. Allí, también redujeron a una amiga del propietario, que se encontraba en la ducha, y les ataron y amordazaron con bridas para acabar reteniéndoles durante más de cinco horas. En ese espacio de tiempo, los asaltantes amenazaron al dueño de la vivienda con matarlo si no revelaba dónde tenía escondido el dinero.

Al negarse, volvieron a usar el martillo para golpear a ambos y una pistola 'táser' eléctrica, además de otros medios intimidatorios para conseguir sus fines, como el ahogamiento simulado. Entre sus amenazas, también avisaron al propietario de la casa de que le cortarían los genitales con unas tijeras si no les entregaba el dinero. No obstante, en torno a la una de la madrugada del día siguiente, los dos moradores de la vivienda pudieron escapar, después de que el propietario pidiese permiso para ir al baño a uno de los asaltantes que les custodiaba.

En esa maniobra, el dueño aprovechó para apagar las luces y dejar el sótano a oscuras para salir por un pasadizo que comunicaba con la cochera, desde donde él y su amiga lograron abandonar la vivienda y salir corriendo hasta la carretera CV-70 para pedir auxilio. Acto seguido, los acusados huyeron a bordo de su propio vehículo, que fue hallado por la Policía días después, el 2 de julio, en un cortafuegos situado en la montaña Puig Campana. En su interior se hallaron bridas y cinta aislante de las mismas características que las usadas en el asalto, así como una cartilla bancaria y un pasaporte a nombre de la amiga del propietario de la vivienda que habían sido sustraídas durante el asalto.

Al mismo tiempo, los ladrones sustrajeron 5.000 euros al propietario de la vivienda, además de documentos bancarios, y 8.000 euros a su acompañante. Los dos procesados negaron los hechos en el momento del juicio. Sin embargo, el tribunal estimó que sí existían pruebas suficientes para considerarlos autores del robo, de la agresión y de la detención ilegal, pese a que no existían testigos directos, a partir de los indicios recabados por los investigadores.

En esta línea, los magistrados subrayan que entre el cabecilla del asalto y el propietario de la vivienda existía una mala relación, reconocida por ambos durante el desarrollo del juicio, como consecuencia de su participación en el negocio del citado bar. Además, abundan en que los asaltantes amenazaron al propietario de la vivienda para exigirle que les entregase dinero a partir de información que el cabecilla del grupo conocía por la relación que había mantenido con él, como el hecho de que fuese a adquirir un apartamento por 300.000 euros.

Como pruebas incriminatorias de la participación del segundo de los procesados, la sentencia dice que era propietario del coche utilizado para desplazarse hasta la vivienda, que después fue abandonado. Y, además, que los datos recopilados sobre el posicionamiento de su teléfono móvil reflejan que estaban en el domicilio del asalto en el momento de los hechos. Por todo ello, el tribunal considera que los dos acusados, de común acuerdo, prepararon el asalto bajo las órdenes del mayor de ellos y mediante la participación de otros dos asaltantes no juzgados. Uno de ellos se encontraba en situación de rebeldía mientras que el segundo no pudo ser identificado.

Así, la sentencia impone al cabecilla del grupo la pena de cuatro años y seis meses de prisión por el delito de robo con violencia en casa habitada y uso de armas con la agravante de disfraz, otros cuatro años por un delito de lesiones y cinco años y medio más por cada uno de los dos delitos de detención ilegal cometidos al retener al propietario de la vivienda asaltada y a su acompañante. Para el segundo de los acusados, que sí participó en el asalto, acuerda la misma condena por los mismos delitos. De igual modo, la sentencia establece que los dos procesados deberán indemnizar a las víctimas con el pago del dinero sustraído a cada una de ellas: 5.000 y 8.000 euros, respectivamente. Igualmente tendrán que abonarles otros 2.000 y 1.500 euros como compensación por los daños morales sufridos