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El TSJ obliga a repetir el juicio por un crimen en la Vega Baja por errores en la motivación del veredicto

La sala considera que el magistrado debería haber devuelto el acta al jurado en lugar de tratar de suplir las ausencias de la resolución. El acusado fue condenado a 25 años de cárcel por matar a golpes a una conocida en Granja de Rocamora

Imagen facilitada por la Guardia Civil del día de la reconstrucción del crimen. Información

La Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha anulado un juicio con jurado popular por un crimen en Granja de Rocamora al considerar que había deficiencias en la motivación del tribunal popular, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. La decisión obliga a la Sección Séptima de la Audiencia desplazada a Elche a celebrar otra vez el juicio, con un nuevo jurado y otro magistrado. En la anterior vista, presidida por el magistrado Joaquín María Orellana, la Audiencia impuso penas que sumaban 25 años y medio de prisión por los delitos de asesinato y robo con violencia por la muerte a golpes de una ciudadana británica el 16 de noviembre de 2019 a manos de un conocido para robarla.

Los hechos ocurrieron cuando la víctima, de 70 años de edad, recibió en su domicilio al acusado, a quien conocía desde hacía años por haber realizado para ella tareas de fontanería, electricidad y de pintura, según se declaró probado en el primer juicio ahora anulado. El procesado, de 52 años y nacionalidad holandesa, atravesaba problemas económicos, motivo por el que había ido pidiendo varios préstamos a la víctima y que hasta ese momento había ido devolviendo puntualmente. Ese día había ido a pedir un nuevo préstamo de 50 euros, algo a lo que ella accedió. Pero, éste acabó viendo cómo el billete salía de una cartera que contenía hasta 600 euros. El acusado había admitido que ese día, al ver el monedero de la víctima lleno de billetes, se le fue la cabeza. En el momento en que ella le dio la espalda, el acusado le propinó un empujón para arrebatarle el monedero. Acto seguido, la agarró del cuello fuertemente y la arrojó contra el suelo, donde empezó a propinarle numerosos golpes que acabaron con su vida. El hombre huyó con un botín de 500 euros, dejando el cadáver en el suelo de la cocina. El procesado fue detenido por la Guardia Civil meses después del crimen, que centró sus pesquisas en el entorno de la víctima, ya que todo apuntaba a que el crimen había sido cometido por alguien cercano a ella.

El tribunal popular se limitó a decir que no estaban probadas atenuantes por alteración mental

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Básicamente el jurado popular consideró probados todos los extremos del escrito de acusación y descartaba la existencia de atenuantes por adicción a sustancias estupefaciente o por padecer alguna enfermedad mental. En el veredicto, el tribunal popular se limitaba a decir que estas atenuantes no habían quedado probadas y era el magistrado cuando dictó en la sentencia el que explicaba los motivos por los que estos extremos no se consideraban probados. A juicio del TSJ, el juez debería haber devuelto en ese momento el acta al jurado para que argumentara estos motivos, en lugar de tratar de suplir por su cuenta estas lagunas en la resolución. Este hecho ha motivado que el juicio sea declarado nulo y se deba repetir ahora otra vez.

El magistrado suplió al jurado

"Aunque la sentencia contenga una motivación intachable (...)", precisa el TSJ, "los miembros legos del tribunal no solo no expresaron la operación valorativa de las pruebas que les llevó a aquella conclusión, sino que ni siquiera introdujeron las fuentes probatorias en que sustentan la misma. Por ello, el magistrado presidente suplió ausencias, pero esta suplencia acabó con la división de funciones, pues, en el fondo, el acta del veredicto no era lo suficientemente explícita como para permitirle desarrollar su labor complementadora". Los magistrados señalan que había pruebas suficientes en el juicio que respaldaran el que el jurado no hubiera valorado la aplicación de las atenuantes que reclamaba la defensa. Sin embargo, el jurado no decía en el acta del veredicto cuáles eran. Aunque el fallo señala que bastaba una "sucinta" motivación, la resolución se limitaba a decir que no había quedado probado, sin dar más explicaciones. "En esas condiciones, debió devolverse a los jurados el acta del veredicto para su cumplimiento", dice el TSJ. En la sentencia se recuerda que el forense "dio suficientes argumentos para refrendar su informe de imputabilidad" y que, solo con que el jurado se hubiera remitido a él, habría bastado para declarar suficientemente motivado los argumentos del veredicto.

Tal como publicó este diario, el acusado había aducido durante el primer juicio que, en el momento del crimen había consumido alcohol y drogas, un extremo que la sentencia no consideró probado. Así como tampoco la existencia de cualquier anomalía psíquica por adicción a sustancias. Durante el juicio, los forenses indicaron que la única información que tienen sobre el consumo de drogas es la que les dio el propio acusado y concluyeron que éste se encontraba lúcido en el momento del crimen. El problema para el TSJ es que se trata de conclusiones del propio magistrado y no del jurado. Esta estimación comporta la declaración de la nulidad con retroacción de las actuaciones para que se celebre un nuevo presidido también por diferente magistrado "dada la naturaleza de los quebrantos".

Discrepancias con la confesión del procesado en la vista

Otra de las atenuantes que la defensa quería que se le aplicara era la de la confesión del crimen. El hombre fue arrestado meses después y cuando llegó la Guardia Civil dijo a los agentes que «os estaba esperando». El jurado concluyó que aunque el acusado vio probado que colaboró con los agentes durante la investigación, su actitud no fue la misma durante el juicio, respondiendo con evasivas. La defensa quería que se le aplicara la atenuante de confesión de manera total, pero en esta ocasión el TSJ sí que ha dado por buena la motivación del veredicto. J. A. M.

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