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Al banquillo 15 años después por sacar un ojo a un hombre con una bola de billar en Finestrat

El acusado se declara culpable de la agresión en un bar de la localidad y negocia una condena de dos años

El juicio se ha celebrado en la Audiencia Provincial de Alicante. Jose Navarro

La Audiencia de Alicante ha sentado en el banquillo este lunes a un hombre acusado de haber dejado tuerto a otro con una bola de billar durante una pelea en un bar de Finestrat. La causa ha tardado más de quince años en poder ser juzgada porque el acusado se encontraba en paradero desconocido. La acusación particular que ejercía la víctima y la defensa del agresor lograron cerrar un acuerdo para que éste de declarara culpable, aunque este pacto pasa porque se suspenda la pena de prisión y no tenga que entrar en la cárcel por estos hechos.

La agresión ocurrió el 15 de febrero de 2007 en el interior de un bar de Finestrat donde el agresor y la víctima mantuvieron una discusión por causas desconocidas. En el curso de la pelea, el acusado agarró una bola de billar y la lanzó contra su oponente, sacándole un ojo del brutal impacto. Fuentes cercanas al caso indicaron que la víctima ya tenía problemas de visión antes del golpe, por lo que a causa de la agresión acabó teniendo problemas de visión en los dos ojos.

Durante todo este tiempo, el juicio no se había podido celebrar porque el acusado se encontraba en paradero desconocido. Tras ser arrestado y tener que responder ante la Justicia por lo ocurrido hace tres lustros, ha estado de acuerdo en confesar y llegar a un pacto, pero que suponga que no tenga que ingresar en prisión.

La Fiscalía pedía inicialmente un total de seis años de cárcel por un delito de lesiones. Tras el acuerdo alcanzado entre las partes, solo se mostró partidario a reducir la pena solicitada hasta los tres años de prisión. Sin embargo, tanto la defensa como la acusación particular habían pactado que la condena fuera de dos años, precisamente para posibilitar el que el tribunal pudiera suspender la pena. El Ministerio Público admitió que existía una atenuante por dilaciones indebidas y otra por reparación del daño, pero concluyó que no podía pedir menos de tres años y dejó a criterio de la sala la pena que finalmente se imponga. Sobre todo teniendo en cuenta que los retrasos en la celebración del juicio se han debido a la conducta del acusado y no a los retrasos que a menudo suelen acompañar a otros pleitos.

El procesado ha indemnizado con 6.000 euros a la víctima por la grave lesión sufrida durante la pelea y se ha comprometido a abonarle otros 5.000 euros durante los próximos meses en varios plazos. Además éste ya había percibido otro pago por parte del seguro. Por este motivo, la víctima señaló ante la sala que estaba de acuerdo en que su agresor no tuviera que entrar en la cárcel y que se le suspendiera la condena.

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