Imponen más de 12 años a los autores de la paliza mortal a un joven en Xaló
El fallo destaca que la reiteración de golpes de los dos acusados a la víctima dirigidos a la cabeza descartan que la muerte pueda ser un homicidio imprudente porque sabían que podían matarlo

Los dos acusados en el banquillo sentados tras uno de los abogados, el día del veredicto. / PILAR CORTES
La Audiencia de Alicante ha impuesto doce años y medio de cárcel a los dos acusados de propinar una paliza mortal al joven Alejandro Pavía a las puertas de un pub de Xaló, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El fallo condena a ambos por un delito de homicidio después de que un jurado popular les declarara culpables y obliga a los acusados a indemnizar con 100.000 euros a los padres de la víctima y otros 40.000 a su hermano. El fallo no es firme y contra él cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia. Los acusados estaban defendidos por los abogados Francisco González y Joaquín Ródenas.
La paliza mortal ocurrió poco después de la medianoche de 27 de marzo de 2017 tras una pelea entre la víctima, de 24 años, con los otros dos acusados y un menor de edad, que ya fue condenado por estos hechos. La sentencia considera probado que la causa de la muerte fue un traumatismo craneoencefálico causado por varios impactos en la cabeza que le causaron una parada cardiorrespiratoria. «El mecanismo de la muerte deriva de la acción mecánica de varios impactos sucesivos en la cabeza y el cuerpo durante un breve espacio de tiempo (...) y generaron un daño cerebral difuso», relata la sentencia. En ella se incide en que al propinar los golpes, patadas y puñetazos a la víctima, los dos acusados actuaron de común acuerdo con conocimiento de la probabilidad de causarle la muerte, aprovechando su superioridad numérica para cometer la agresión y asegurarse el éxito de su acción. Durante el juicio, quedó establecido que la víctima fue tumbada tras recibir varios puñetazos en la cabeza y, una vez en el suelo, recibió una fuerte patada que le dejó inconsciente y tras la que ya no se despertó. La sentencia no concreta cuál de los dos acusados propinó la patada, pero considera que ambos tuvieron la misma responsabilidad en la agresión y descartando que hubieran intervenido terceras personas.
«El jurado considera acreditado que ambos acusados eran conscientes de la alta probabilidad de que el ataque perpetrado contra Alejandro podía causarle la muerte y pese a ello agredieron de forma conjunta y reiterada a la víctima sobre zonas vitales corporales, como es la cabeza, propinando no solo puñetazos, sino patadas (...) siendo conscientes del mayor riesgo que entrañaba la reiteración de golpes sobre una zona tan sensible que guarda un órgano fundamental como es el cerebro», argumenta el fallo para rechazar que los hechos puedan ser considerados como un homicidio imprudente.
Aunque los forenses no pudieron pronunciarse sobre si la causa de la muerte se debió a las lesiones, el perito de la acusación particular sí que aseguraba que fueron los golpes los que causaron la muerte a Alejandro, El fallo destaca que el jurado consideró este último informe más completo y convincente por ser más especializado.
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