La Audiencia de Alicante ha impuesto una condena de tres meses de prisión al vecino de Ibi que fue denunciado por Microsoft por subir archivos de pornografía infantil a la nube, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. La pena se queda lejos de los cinco años de prisión que reclamaba la Fiscalía, ya que la sala no ha considerado probado que los archivos hubieran llegado a compartirse con terceras personas, tal y como reclamaba la defensa, el abogado Francisco Moreno Arranz. Al final del juicio, el Ministerio Público había llegado a reducir hasta un año la pena solicitada, pero la pena impuesta ha sido inferior a ésta. 

Como ya publicó este diario, la alerta vino desde Estados Unidos después de que los algoritmos de Microsoft detectaran que un vecino de Ibi estaba almacenando archivos de pornografía infantil en su cuenta de OneDrive. La compañía puso los hechos en conocimiento de las autoridades, que alertaron de los hechos a las Fuerzas de Seguridad Españolas. El Grupo de Delitos Tecnológicos de la Policía Nacional se presentó en el domicilio del sospechoso y practicó un registro autorizado por el juzgado de Ibi.

Las descargas se habrían efectuado entre los meses de enero y diciembre de 2018 para los que utilizó diversos programas de intercambio de archivos para descargarse archivos de fotografías y vídeos de varones y mujeres menores de edad en actitudes y comportamientos sexuales explícitos de todo tipo, solos o con otros menores, o con mayores de edad. La sentencia no ha considerado probado que el acusado conociera que cada vez que iniciaba la descarga de un archivo se convertía en un servidor para otros de la parte que se había descargado. Concretamente, en el registro fueron localizado archivos de vídeo y de imagen «de contenido fuertemente lesivo para la indemnidad sexual de los menores que aparecen».

Las declaraciones

El tribunal ha tenido en cuenta la declaración del propio acusado, que reconoció que se descargaba este material; así como la de los policías que realizaron el registro y requisaron el material pedófilo. Los agentes hallaron centenares de archivos en el teléfono centenares de archivos almacenados, mientras que en la cuenta de la nube ya no se encontraban los archivos. 

La sala destaca en el fallo que tanto los policías que intervinieron en el registro, como los técnicos que examinaron los distintos equipos del acusado admitieron que no se encontraron evidencias de que ese material hubiera llegado a compartirse con terceros. «No ha quedado acreditado que el acusado divulgara, exhibiere o facilitare conscientemente la difusión del material pornográfico que con utilización de menores de edad tenía guardado en su ordenador. Ni que éste fuera su destino y no el uso propio por su poseedor», argumenta la sala.

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El acusado admitía que poseía los archivos de pornografía infantil para su uso personal y que ignoraba que al descargarlos podía compartirlos con otros usuarios, motivo por el que el tribunal considera que el delito fue la tenencia del material pedófilo pero no su distribución.

Los magistrados recuerdan que uno de los policías admitió que existen herramientas para determinar si el archivo se ha compartido o no, pero en este caso no se dispuso de esos medios.