Seis años de cárcel por abusar de una menor de un centro de acogida de Alicante

El acusado aduce que pensaba que la víctima era mayor pero la sala concluye que éste sabía cuál era su edad

Fachada de la Audiencia, que ha dictado la condena.

Fachada de la Audiencia, que ha dictado la condena. / Jose Navarro

J. A. Martínez

J. A. Martínez

La Audiencia Provincial ha condenado a seis años de prisión a un hombre condenado de abusos sexuales a una menor de 14 años de edad que residía en un centro de acogida, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El fallo ve probado que el procesado mantuvo relaciones sexuales con la joven a sabiendas de la edad que ésta tenía, siendo la edad del acusado de 28 años.

Los hechos ocurrieron el 24 de junio de 2019, durante las fiestas de Hogueras, cuando el acusado había quedado con la hermana de la víctima y otras chicas que estaban ingresadas en el centro Els Estells de Alicante para ir a la playa, acudiendo también la joven. El procesado pasó la velada con las tres chicas y sobre las dos de la madrugada las devolvió al centro en su coche, pero se quedó a solas con la más joven de ellas. Sobre las tres de la madrugada, acabaron teniendo relaciones sexuales consentidas dos veces consecutivas en el interior del coche.

El procesado sostenía que pensaba que la chica tenía 17 años, pero el tribunal considera que éste contaba con datos suficientes para al menos sospechar que la edad de la joven era inferior a los 16 años, «lo cual no le impidió mantener relaciones sexuales con ella». Entre ellos, el hecho de que su hermana mayor estaba en un centro de menores y tenía 16 años, por lo que la edad de la otra podía ser inferior. La propia víctima había insistido en el juicio en que se trataron de una relaciones sexuales consentidas, pero también que el acusado sabía perfectamente cuál era su edad y que ella no se lo había ocultado, ni mentido. La sala ha dado total credibilidad al relato de la víctima y entiende que no hay ánimo espurio alguno de causar un perjuicio al acusado.

Al procesado le constaba el contexto de vida de la menor

«La relación sexual no se produce de una forma ocasional entre dos personas que no se conocen. Al acusado le consta el contexto de vida de la menor, con la que no es la primera vez que se ha relacionado», señala la sentencia. El procesado dijo que había tenido problemas con la hermana de la víctima y que creía que la denuncia había sido inducida por ella. En el juicio se limitó a declarar que estuvieron juntos en el coche hasta las siete de la madrugada, sin dar explicaciones sobre lo que sucede en ese intervalo de tiempo, solo admitía que se besaron y se acariciaron.

El fallo, que no es firme y contra el que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia, impone también al acusado el pago de una indemnización de 12.000 euros, una orden de alejamiento por la que se no podrá acercarse a la víctima durante diez años, así como la inhabilitación para cualquier trabajo que suponga contacto con menores de edad durante ese mismo tiempo.