Rebajan a dos años la condena a los dueños de los seis perros que mataron a un vecino de Pinoso

La Audiencia reduce seis meses la pena al no constar ataques previos de los canes y carecer de antecedentes la pareja, que podrá eludir la cárcel

La pareja propietaria de los perros en el juicio celebrado en Alicante.

La pareja propietaria de los perros en el juicio celebrado en Alicante. / PILAR CORTES

Los dueños de los perros que fueron condenados por el homicidio imprudente de un hombre de 74 años al que atacaron sus canes en Pinoso en octubre de 2016 podrán eludir el ingreso en prisión tras la reducción de la pena acordada por la Audiencia Provincial de Alicante, que considera que pese a incurrir los acusados en una negligencia grave no constaban ataques previos y carecían de antecedentes penales, entre otros razonamientos jurídicos. La pareja fue condenada en abril de 2022 por el juzgado de lo Penal número 7 de Alicante a sendas penas de dos años y seis meses de cárcel por un delito de homicidio por imprudencia grave y la Audiencia la ha rebajado recientemente a dos años tras el recurso presentado por los abogados defensores, los hermanos Iván y Alberto Padilla Franco.

Esta rebaja puede conllevar que se acuerde la suspensión de la ejecución de la pena de cárcel y no tengan que ingresar en prisión al no ser superior a dos años y carecer de antecedentes penales en el momento de ocurrir los hechos. No obstante, la acusación particular ejercida por la familia ha anunciado un recurso ante el Tribunal Supremo y se está pendiente de que se resuelva su admisión.

Dos de los perros que atacaron al vecino de Pinoso.

Dos de los perros que atacaron al vecino de Pinoso.

Según se recoge en una sentencia dictada el pasado diciembre por la Sección Segunda, se estima parcialmente el recurso presentado por los abogados del Bufete Padilla, defensores de los dueños de los perros, y el tribunal precisa que a pesar de que la negligencia en la que incurrieron los acusados fue calificada de grave por «la falta de cuidado», debe valorarse «el nivel de la imprudencia» y aquí es donde se justifica la reducción de la condena a dos años. Los perros eran corpulentos y había algún antecedente de comportamiento agresivo, pero «no consta un ataque con lesiones previo a seres humanos u otros animales, hecho, que sin duda, redundaría en la calificación de su negligencia», indica la sentencia.

Añade el fallo que los animales se encontraban en un recinto cerrado y se aceptó que el cerramiento exterior estaba en buen estado. Asimismo, en la sentencia recurrida se declaró probada la participación de terceros «que habrían dañado intencionadamente el vallado» y aunque no consta cuándo se produjo este sabotaje, la Audiencia señala que no puede excluirse que fuera «inmediatamente anterior al incidente» y desconocido por los dueños de los perros, que estaban en el domicilio en el momento del ataque y acudieron a las llamadas de socorro de sus vecinos.

De uno a cuatro años

«Los animales no estaban sueltos en el recinto sin control», indica la Audiencia, que añade que los acusados carecen de antecedentes desfavorables y bajo las situaciones descritas no aprecian «razones que justifiquen, en un abanico de penas que va del año a los cuatro años, optar por la pena de dos años y medio de prisión, que determina necesariamente el ingreso en centro de cumplimiento». Por ello, considera la Audiencia más adecuada la pena de dos años de cárcel, como sostenía la Fiscalía.