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Condenado un policía local de La Vila por lesionar a un hombre que le reprochó cómo dirigía el tráfico

La Audiencia considera probado que el agente se extralimitó al causar un esguince en la muñeca al peatón que le había dicho que "no tenía ni puta idea"

Imagen de archivo de un atasco en el centro de La Vila Joiosa.

Imagen de archivo de un atasco en el centro de La Vila Joiosa. / DAVID REVENGA

J. A. Martínez

J. A. Martínez

La Audiencia de Alicante ha condenado a un policía local de La Vila Joiosa por un delito de lesiones tras agredir a un hombre que le recriminó su forma de dirigir el tráfico, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. La intervención policial produjo un esguince al hombre en la muñeca y los magistrados consideran acreditado que el agente se excedió en su intervención. El fallo le impone una multa de seis meses a una cuota diaria de seis euros (1.080 euros), así como una indemnización para la víctima de 4.980 euros.

Los hechos ocurrieron sobre las 14.00 horas del 6 de octubre de 2021 en la avenida del País Valenciano del municipio, el antiguo trazado de la N-332 a su paso por la localidad. Hora punta en una de las principales arterias de tráfico del municipio. El agente se encontraba regulando la circulación e hizo una recriminación a un grupo de peatones. Según los testimonios, uno de estos ciudadanos le dijo que "no tienes ni puta de dirigir el tráfico", a lo que el funcionario le respondió "¿es que eres el listo del pueblo?". La discusión fue subiendo de tono y el ciudadano se acabó marchando. El fallo considera probado que el agente abandonó su función reguladora para ir tras el ciudadano y ordenarle que se identificara. En ese momento, le agarró de la muñeca y le retorció la articulación. Se da la circunstancia de que el peatón sufría una minusvalía que provocó dificultades para sacar la documentación de su bolsillo. La intervención violenta le causó un esguince del radio carpiano y otras lesiones, de las que tardó 49 días en recuperarse.

La sala señala que ha quedado probado el uso de la violencia por parte del acusado torciéndole la muñeca y que sus lesiones fueron causadas por esta maniobra. Así lo confirmaron tanto el propio denunciante, como otro testigo que le acompañaba. Del mismo modo, agentes de la Guardia Civil también presenciaron la parte final de la disputa, hasta el punto de que tuvieron que ponerse ellos a dirigir el tráfico, "a la vista de que el acusado había abandonado esa actividad".

Violencia desproporcionada

La sentencia considera que el uso de la violencia física utilizada por el acusado "comporta una clara extralimitación en el ejercicio de sus funciones". El tribunal asegura que era "innecesaria la identificación del sujeto, que podría haberse logrado de otro modo y en muy poco tiempo". También se considera "desproporcionada" la actuación policial porque "la supuesta falta de respeto no justifica el menoscabo de la integridad física del ciudadano afectado, y menos aún en el grado en el que fue ocasionado en el caso de autos". En este sentido, recuerdan que el denunciante entregó muy poco después la documentación.

El fallo descarta aplicar una agravante de abuso de superioridad, tal como reclamaba la acusación particular. Según los jueces, el acusado no se aprovechó de su superioridad física, ni buscó una víctima débil, sino que simplemente se extralimitó a la hora de tratar de imponer su autoridad "ante un supuesto cuestionamiento menor de esta". Tampoco creen que se aprovechó de su condición de policía para cometer el hecho, ya que no actuó como un particular que puso al servicio de su interés criminal el cargo que ostentaba, sino que en el ejercicio de este cargo, se extralimitó". El fallo no es firme y contra él cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia.

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