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Condenados por estafar con una novia imaginaria más de 50.000 euros en La Vila a un hombre con discapacidad

Los procesados admiten que engañaron a la víctima durante cuatro años para conseguir el dinero y pagan 30.000 euros de indemnización

El juicio se ha celebrado en la Audiencia Provincial de Alicante.

El juicio se ha celebrado en la Audiencia Provincial de Alicante. / Jose Navarro

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J. A. Martínez

J. A. Martínez

Durante años pensaba que tenía una novia llamada Esmeralda y a la que no podía ver, porque las leyes gitanas le impedían cualquier contacto directo hasta que la relación fuera oficial. La Audiencia de Alicante ha impuesto penas que suman un año y medio de cárcel a cada uno de los dos miembros de una pareja acusados de estafa amorosa a una persona con discapacidad en La Vila Joiosa. Un romance que se prolongó durante cuatro años y en los que consiguieron que la víctima, que tenía declarada una minusvalía del 65 por ciento, les pagara cerca de 57.000 euros. La causa saltó cuando la madre y el hermano de la víctima denunciaron los hechos y empezaron a recibir amenazas.

La Sección Décima de la Audiencia ha dictado este lunes una sentencia de conformidad contra la pareja, que se han declarado culpables de estafar de forma continuada al perjudicado. Los procesados, que estaban representados por el abogado Miguel Ángel Montserrat Gandolfo, se enfrentaban inicialmente a una petición de siete años de prisión. Penas que se han bajado a un año y medio de cárcel tras reconocer los delitos de estafa, obstrucción a la Justicia, lesiones y daños. El fallo impone seis meses de cárcel por estafa, un año por obstrucción a la Justicia y dos penas de multa por lesiones y daños.

El engaño de "Esmeralda"

El fraude se prolongó durante cuatro años, entre 2018 y 2022. Los condenados tejieron una red de mentiras para hacer creer a la víctima que mantenía un romance con una mujer inexistente llamada Esmeralda. Para evitar que el hombre sospechara ante la imposibilidad de verla o hablar con ella, los estafadores le aseguraron que las "leyes gitanas" prohibían cualquier contacto directo hasta que la relación fuera oficial.

Bajo este pretexto, la pareja actuó como supuesta intermediaria, convenciendo al perjudicado para realizar constantes desembolsos económicos destinados a agasajar a la supuesta novia. Según el escrito de acusación reconocido por los autores, el dinero de la víctima se destinó a caprichos y gastos propios de los estafadores: Un teléfono de alta gama valorado en más de 1.000 euros; así como un préstamo para un aparato de aire acondicionado instalado en el domicilio de los propios procesados. A estos se añaden otras compras online y extracciones en cajeros que elevaron el fraude total por encima de los 57.000 euros.

Agresión a la madre y amenazas

La trama se desmoronó en diciembre de 2022 por la desconfianza de la madre de la víctima. Recelosa de lo que estaba ocurriendo, la mujer logró grabar a los acusados mientras escoltaban a su hijo a una sucursal para retirar efectivo. Al verse descubiertos, los procesados reaccionaron con violencia: agredieron a la madre, golpeándola y rompiéndole las gafas.

Tras la denuncia, la pareja intentó frenar el proceso judicial mediante el miedo. Abordaron al hermano de la víctima en plena calle y realizaron llamadas amenazantes para exigir que la retirase, unos hechos que el tribunal ha condenado como un delito de obstrucción a la Justicia.

Pago de indemnización

El reconocimiento de los hechos y la consignación previa de 30.000 euros para reparar el daño han sido determinantes para la reducción de la condena. Al ser la pena inferior a los dos años y haberse satisfecho parte de la responsabilidad civil, los condenados podrían evitar el ingreso en prisión, siempre que carezcan de antecedentes penales.

Al ser preguntada la madre de la víctima por el tribunal si se consideraba conforme con el dinero de la indemnización, aseguró que sentía una cierta rabia por el sufrimiento que los acusados le habían causado.

Pelea en Benidorm

Por otro lado, Dos hombres han sido condenados por sendos delitos de lesiones por la Audiencia de Alicante por protagonizar una pelea en un pub de Benidorm tras reconocer los hechos y alcanzar un acuerdo de conformidad con Fiscalía, en el que uno de ellos ha recibido una pena de prisión de dos años y el otro una multa, ha informado Efe. Se trata de otro juicio que se ha cerrado con un acuerdo entre las partes.

En concreto, a la vista de ese reconocimiento, el tribunal de la Sección Tercera que debía enjuiciar el proceso ha dictado sentencia condenatoria 'in voce', por la que el primero de ellos ha evitado la cárcel al quedar la pena en suspenso con la condición de que el procesado no vuelva a delinquir en ese mismo periodo temporal, mientras que el segundo de los procesados deberá hacer frente a una multa de cuatro meses a razón de tres euros diarios.

La Fiscalía solicitaba inicialmente una pena de cuatro años para el primero de ellos, y de 18 meses de prisión para el segundo, que han sido rebajadas tras la admisión de los delitos.

La pelea en la que se registraron las agresiones mutuas entre los dos encausados tuvo lugar durante la madrugada del 3 de diciembre del año 2021 cuando, según el relato de la acusación pública, los dos procesados discutieron en la zona de los baños del establecimiento de ocio, por motivos que se desconocen.

En ese momento, el acusado ahora condenado a pena de multa golpeó en la cara al otro acusado, que sufrió un hematoma en el ojo y perdió una pieza dental. Al salir del local, este procesado -sentenciado ahora a dos años de cárcel- vio que su agresor estaba fuera del establecimiento, cogió una botella de cristal del suelo y le golpeó en la cara con ella.

Como consecuencia del impacto, el hombre sufrió una herida en la mandíbula con pérdida de sensibilidad facial, entre otras secuelas. La sentencia, que ahora deberá plasmarse por escrito, es firme, sin que quepa posibilidad de recurso.

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