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La Fiscalía de Alicante pide cinco años de prisión a un conductor por un accidente mortal a más de 270 km/h en la autovía

El Ministerio Público valora el exceso de velocidad, que el procesado dio positivo en la prueba de alcoholemia y que el asfalto estaba mojado por la lluvia

El juicio se celebrará en un juzgado de lo Penal de Alicante.

El juicio se celebrará en un juzgado de lo Penal de Alicante. / Jose Navarro

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J. A. Martínez

J. A. Martínez

Un conductor acusado de causar un accidente mortal a más de 270 kilómetros por hora en la autovía A-31 se sentará en el banquillo por un delito de homicidio por imprudencia grave. La Fiscalía no solo ha valorado el exceso de velocidad, sino también el hecho de que el acusado conducía bajo los efectos del alcohol. Por todo ello, el Ministerio Público solicita una pena de cinco años de prisión, según el escrito de acusación al que ha tenido acceso este diario.

El siniestro ocurrió a las 2:41 horas de la madrugada del 13 de enero de 2022, a la altura del término municipal de Monforte del Cid, cuando el acusado perdió el control de su BMW. En el accidente falleció un pasajero que viajaba en el vehículo. La causa penal se encuentra actualmente en un Juzgado de lo Penal de Alicante a la espera de juicio.

Según sostiene el fiscal, el acusado circulaba con sus facultades disminuidas por el consumo previo de alcohol, en horario nocturno y con la calzada mojada, en un tramo limitado a 120 km/h. Además, añade que realizó adelantamientos peligrosos con un «claro menosprecio por la vida de los demás usuarios de la vía y del propio ocupante del vehículo». El consumo de alcohol se ha tenido en cuenta, pero también el hecho de que la calzada se encontraba mojada a causa de la lluvia. La referencia a que la calzada estaba mojada no es un mero detalle ambiental. La Fiscalía la incorpora como uno de los elementos que sustentan la imprudencia grave, al entender que esas condiciones exigían extremar la precaución y adaptar la velocidad a las circunstancias de la vía

Dinámica del accidente y autopsia

El escrito de acusación señala que el coche se salió inicialmente por el margen izquierdo, colisionó contra la barrera de protección lateral semirrígida y volvió a incorporarse a la calzada. Acto seguido, se salió por el margen derecho y dio una vuelta de campana. Como consecuencia del impacto, el pasajero que viajaba en el asiento trasero y que no llevaba puesto el cinturón de seguridad salió despedido hacia la calzada a través del cristal delantero. El herido, un vecino de Elda de 41 años de edad, fue trasladado al Hospital General de esa localidad, donde falleció a las 6:15 horas a causa de un politraumatismo con hemoneumotórax y lesiones vasculares y viscerales múltiples, según dictaminó el forense.

En la práctica judicial, la fórmula de calificar la velocidad como «cercana o superior» a una cifra concreta responde a las conclusiones de los informes técnicos de reconstrucción de accidentes de la Guardia Civil. Al no poder fijarse un dígito matemático exacto, los peritos establecen una horquilla basada en la gravedad de los impactos y las huellas sobre el asfalto. Con esta redacción, la Fiscalía blinda su acusación de cara al juicio frente a los posibles márgenes de error, dejando asentado el hecho objetivo de que el acusado circulaba a una velocidad que duplicaba con creces el límite de 120 km/h permitido en la autovía.

Tasa de alcoholemia retrospectiva

Las pruebas de alcoholemia practicadas al conductor en el centro hospitalario arrojaron un resultado de 0,37 miligramos por litro (mg/l) en aire espirado en ambas mediciones (realizadas a las 5:31 y 5:46 horas). Dado el tiempo transcurrido desde el accidente, se efectuó una estimación retrospectiva que sitúa la tasa en el momento del siniestro entre 0,520 y 0,616 mg/l.

La alcoholemia retrospectiva es una estimación pericial, basada en un cálculo matemático y metabólico, que permite determinar de forma aproximada la tasa de alcohol que un conductor tenía en sangre o en aire espirado en el momento exacto del accidente. Esta prueba es fundamental cuando transcurren varias horas entre el siniestro y el momento en que la Guardia Civil o los servicios sanitarios logran practicar el test. Dado que el organismo elimina el alcohol de manera constante a través del tiempo (lo que se conoce técnicamente como la curva de Widmark), los peritos realizan una reconstrucción hacia atrás para calcular la concentración real de alcohol en el momento del impacto, una cifra que suele ser notablemente superior a la obtenida en las pruebas hospitalarias tardías.

Por estos hechos, la Fiscalía le atribuye un delito de homicidio por imprudencia grave en concurso con un delito contra la seguridad vial. Aparte de los cinco años de prisión, el Ministerio Público reclama la privación del derecho a conducir vehículos a motor durante ocho años.

Responsabilidad civil

En el ámbito de la responsabilidad civil, la compañía aseguradora ya ha indemnizado a los familiares del fallecido con cantidades que incluyen 58.555 euros para la esposa y diversas sumas para los hijos, la madre y los hermanos del fallecido. En conjunto las indemnizaciones suman cerca de 300.000 euros. Ahora, el fiscal reclama que el acusado reintegre la totalidad de estas cuantías a la aseguradora (derecho de repetición), al considerar que el siniestro fue consecuencia directa de su conducta gravemente imprudente.

Aunque las primeras informaciones policiales y periodísticas publicadas tras el siniestro apuntaban a que en el vehículo viajaban más personas, el escrito de acusación de la Fiscalía se centra exclusivamente en el conductor y en la víctima mortal. Al hospital se trasladaron otros dos heridos más, aunque sus lesiones no eran graves.

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