Cuatro años de prisión por violar a una excompañera de estudios en el baño de un pub de Xixona

El condenado admitió la relación, aunque aseguró que había sido consentida, lo que no se ha creído el tribunal por la solvencia del testimonio de la víctima

Edificio que alberga la Audiencia de Alicante, donde se celebró el juicio.

Edificio que alberga la Audiencia de Alicante, donde se celebró el juicio. / Pilar Cortés

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Un joven de 22 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a 4 años de prisión por violar a una chica, con la que había compartido estudios, en el baño de un local de ocio del municipio alicantino de Xixona.

Los hechos se produjeron en la madrugada en la que la víctima y un grupo de amigas se encontraban celebrando su cumpleaños en dicho establecimiento de ocio, según la sentencia dictada por la Sección Décima.

Los jueces consideran probado que el procesado aprovechó que la chica había regresado al interior del pub para recoger sus pertenencias, al creer que el local estaba a punto de cerrar, para seguirla hasta el baño de mujeres. Una vez allí, la empujó contra la pared y comenzó a besarla pese a su resistencia antes de realizar tocamientos y obligarla a sexo oral.

El tribunal apunta que la chica trató de convencer al acusado para que depusiese su actitud y le dijo que era mejor que se fuesen hasta su casa para "terminar" el encuentro sexual, con la intención de librarse de él, puesto que sabía que en el domicilio se encontraban sus amigas.

Así, una vez allí, la chica echó al procesado de la casa y contó a sus compañeras lo sucedido. La sentencia también cree probado que la chica sufre desde entonces un trastorno ansioso depresivo como consecuencia de la agresión.

El procesado asumió el contacto sexual durante su declaración en el juicio, el pasado 15 de febrero. No obstante, aseguró que ese encuentro había sido consentido y defendió que ambos se practicaron sexo oral de forma recíproca, de común acuerdo.

No obstante, el tribunal confiere credibilidad al relato de la víctima al concluir que la versión que ofreció desde que presentó la denuncia fue persistente y coherente en todo momento.

Además, la sentencia subraya que no puede entenderse que la víctima hubiese consentido mantener una relación sexual con el procesado de forma repentina solo por el hecho de que ambos hubiesen sido compañeros de clase, sin haber mantenido una relación previa, y que, después, hubiese contado lo sucedido de forma inmediata a sus amigas con la intención de solicitar ayuda.

De este modo, la sentencia impone al acusado la pena de cuatro años de privación de libertad, además de otros cinco años de libertad vigilada. Al tiempo, establece la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros durante el mismo tiempo. Y, por último, concreta que el acusado deberá compensar a la chica con el pago de una indemnización de 12.000 euros por el daño moral ocasionado.

La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia en el plazo de diez días desde su notificación.