La Audiencia libera a dos presos por las reyertas a tiros para controlar la delincuencia en Alicante
Un tribunal anula el auto de prisión del juzgado de Alicante al considerar que la resolución es «inmotivada», como alegó el abogado defensor

Droga y otros efectos incautados por la Policía a los detenidos en Alicante. / INFORMACIÓN
La Audiencia Provincial ha acordado este lunes declarar la nulidad del auto de prisión donde se acordó el pasado 18 de octubre el encarcelamiento de cinco detenidos por la Policía por una oleada de reyertas a tiros y machetazos entre bandas argelinas para controlar la delincuencia en Alicante. En sendos autos dictados por la Sección Tercera, el tribunal estima los recursos de apelación presentados por el abogado defensor de dos investigados, José Luis Sánchez Calvo, y acuerda la liberación inmediata de estos dos reclusos.
El tribunal de la Sección Tercera ha estimado las alegaciones planteadas por el letrado José Luis Sánchez Calvo por falta de motivación y concluye que el auto de prisión dictado el pasado 18 de octubre es una resolución «totalmente inmotivada» y genera «indefensión al recurrente, pues no sabe por qué se le priva de libertad y los indicios existentes contra el mismo».
Asimismo, señala la Audiencia Provincial que el juzgado, en su resolución, guardó «silencio absoluto» y no le dio contestación a los argumentos expuestos por su defensa en el acto de la comparecencia de prisión, «donde afirma que el domicilio donde se le detuvo es de su hijo y que él vino el día 16 de agosto con la finalidad de que su hijo le cuidara».
La operación policial, que sigue abierta al estar pendientes de detener cerca de una decena de personas que han podido huir del país, se saldó con la incautación de un importante alijo de cerca de 17 kilos de éxtasis -MDMA-, medicamentos antipsicóticos, cuatro armas de fuego y armas blancas usadas en las agresiones y útiles para llevar a cabo robos en domicilios.
Delitos
Los delitos que se imputan a los investigados detenidos por la Policía son los de tráfico de drogas, lesiones, pertenencia a grupo criminal, robo con violencia, tenencia ilícita de armas, detención ilegal, secuestro y favorecimiento a la inmigración ilegal, según el grado de participación de cada implicado.
Según se recoge en el auto que ordena la liberación inmediata de los dos presos defendidos por Sánchez Calvo, la defensa reclamó la nulidad del auto de prisión «por falta de motivación, porque su fundamentación jurídica es de modelo, estereotipada, y no contesta a las cuestiones suscitadas en su escrito, con indefensión».
La Audiencia de Alicante recuerda que la doctrina constitucional señala que la motivación constituye una «exigencia ineludible de las resoluciones judiciales que adoptan la forma de autos o sentencias», cuestión que garantiza el ejercicio de defensa al poder rebatir los argumentos que llevaron a la adopción de la medida de prisión.
Para la Sección Tercera, la motivación en el auto ahora anulado es «estereotipada», como sostuvo la defensa. El tribunal señala que «no se indica ninguna vigilancia concreta, ni el resultado que de ella se obtuvo, ni las personas investigadas que participaron en ellas». En el mismo sentido se refiere a los seguimientos y las diligencias de entrada y registros: «no sabemos dónde se producen, quienes son los moradores de las viviendas, ni los objetos aprehendidos».
Nueva comparecencia
Aunque declara la nulidad del auto de prisión y decreta la libertad de estos dos presos, la Audiencia Provincial deja abierta la vía para que el juzgado instructor pueda convocar una nueva comparecencia de prisión «y adoptar la medida que motivadamente considere».
En la vivienda de uno de los ahora excarcelados es donde la Policía Nacional intervino el importante alijo de pastillas de éxtasis.
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