Caso PGOU Alicante: El Supremo estudiará si anula el fallo que condenó a Alperi y a Ortiz y absolvió a Castedo y se juzga a todos los encausados de nuevo

El Alto Tribunal admite los recursos presentados por Anticorrupción, por el exalcalde del PP y por el empresario y fija para febrero la deliberación de cuya resolución será ponente el magistrado Vicente Magro 

Siete de los nueve acusados, entre ellos Alperi, Castedo y Ortiz,  en una de las sesiones del juicio por los amaños del PGOU celebrado en la Audiencia de Alicante.

Siete de los nueve acusados, entre ellos Alperi, Castedo y Ortiz, en una de las sesiones del juicio por los amaños del PGOU celebrado en la Audiencia de Alicante. / MORELL/EFE

Mercedes Gallego

Mercedes Gallego

 La última palabra en el proceso por los presuntos amaños del PGOU de Alicante aún está por decir más de dos años después de que la Audiencia provincial condenara por cohecho al exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi (PP) y al empresario Enrique Ortiz y absolviera de los delitos de corrupción de los que estaban acusados los otros siete encausados, entre ellos la también exregidora popular Sonia Castedo.

El Tribunal Supremo, órgano al que apelaron en casación la Fiscalía Anticorrupción y los dos condenados, ha admitido a trámite los recursos y ha señalado para el próximo 20 de febrero la deliberación y fallo. Como ponente ha sido designado el magistrado alicantino Vicente Magro.  El tribunal estará formado además por Andrés Martínez Arrieta, Antonio del Moral, Carmen Lamela y Eduardo de Porres.

A principios del año pasado la Junta de Fiscales del Supremo acordó por unanimidad recurrir la sentencia que impuso únicamente dos penas de multa: 6.000 euros a Alperi por aceptar el pago del alquiler de un jet con el que realizó un viaje privado a Creta y 18.000 a Ortiz por regalarle una chaqueta de Carolina Herrera a Castedo. 

Siete de los nueve acusados fueron absueltos de los delitos de corrupción de los que estaban acusados, entre ellos el hermano de la exregidora, su socio, un hermano y un empleado del promotor de Alicante y otros dos empresarios, uno de ellos de Elche

La exalcaldesa fue absuelta junto a su hermano y al socio de éste, un empleado y un hermano del promotor y otros dos empresarios. Se juzgaba si los políticos facilitaron información reservada del planeamiento urbano de la ciudad a Ortiz a cambio de prebendas, lo que no consideró probado un tribunal formado por las magistradas Cristina Costa, Margarita Esquiva y Montserrat Navarro, esta última como ponente. 

Para recurrir ante el Supremo la Fiscalía alegó vulneración de preceptos constitucionales y quebrantamiento de forma y plantea que se anule la sentencia y que un nuevo tribunal vuelva a juzgar a los nueve acusados: los dos condenados y los siete absueltos que, en algunos de los casos, se enfrentaban a elevadas peticiones de penas de prisión y multas millonarias: hasta los diez años y 200 millones en el caso de los dos expolíticos populares. 

Alperi y Ortiz también decidieron acudir a Supremo, al que plantean que sean exonerados de toda culpa al haber sido condenados por un tipo de cohecho del que no estaban acusados. 

Aclaración no satisfecha

Nada más notificarse la resolución del tribunal de Alicante, a mitad de julio de 2021, los fiscales delegados de Anticorrupción en la provincia, Felipe Briones y Pablo Romero, advirtieron a la sala de que omitía hechos de los que ellos acusaban y pidieron que se redactara un nuevo fallo que subsanara esas carencias

El tribunal rechazó hacerlo por entender que la petición excedía de los límites legales previstos para la aclaración de sentencias. Y porque «ninguna de las alegaciones son susceptibles de aclaración o integración ya que no contienen descripción de errores, inexactitudes o faltas para integrar, sino una evidente discrepancia con la sentencia», sostuvo la sala. 

Los fiscales exponían que en su escrito de acusación detallaban hasta 57 irregularidades en la tramitación del PGOU y que algunas de ellas ni siquiera se habían citado en la sentencia.

Ante el Alto Tribunal también ha llevado la Fiscalía el «silencio» acerca de la conformidad firmada por Ortiz, su hermano y un empleado con las acusaciones (además de la pública estaba personado el Ayuntamiento como particular y EU como popular) por la que reconocían los hechos a cambio de una rebaja en la pena que garantizaba que no entrarían en prisión. 

Del acuerdo, que se negoció y rubricó en pleno primer confinamiento, se retractaron poco antes del inicio de la vista oral, lo que el tribunal permitió, pero sin que apareciera documentado en la resolución judicial, según hicieron constar los fiscales.

¿Quién pagó el jet a Creta?

El Ministerio Público reclamaba también a las magistradas una explicación de por qué no se dedujo testimonio contra el empresario valenciano Ricardo Fuster cuando sostienen que tenía «motivos interesados» para declarar que los 36.000 euros que costó alquilar el jet con el que Alperi viajó a Creta los pagó Ortiz. 

Anticorrupción acusaba al promotor alicantino de haber sido la persona que en realidad abonó ese dinero, pero este extremo no lo consideró probado el tribunal. La sentencia apuntaba directamente a Fuster como el verdadero pagador. El fallo incidía en las razones del empresario valenciano para implicar a Ortiz en el pago del viaje, señalando que con este testimonio logró que se le retirara la imputación por un delito de cohecho. Pero nada hizo la sala ante esas supuestas falsedades. 

Al Supremo también exponen los fiscales los calificativos que el tribunal desliza en la sentencia contra su escrito de acusación, que tilda de «falto de concreción, genérico y confuso». Unas apreciaciones con las que los fiscales no están de acuerdo pero que, en todo caso, precisan, no fueron advertidas por el tribunal cuando aún se podían haber subsanado sino que, por contra, se dio el escrito por bueno.

A la espera del fallo de las basuras de Orihuela 

Pendiente de lo que diga el Supremo sigue estando también otra de las piezas de caso Brugal, precisamente la primera. Se trata de la revisión de la sentencia por la que la sección VII de la Audiencia de Alicante desplazada en Elche absolvió a 34 acusados, entre ellos los exregidores populares de Orihuela José Manuel Medina y Mónica Lorente, de irregularidades en la adjudicación de la contrata de la recogida de basuras y limpieza viaria de la localidad. Lo hizo tras anular intervenciones telefónicas y registros sobre las que el Alto Tribunal tiene que pronunciarse. Este fallo tiene paralizado a su vez el del Plan Zonal de la Vega Baja, otra de las causas desgajadas del Brugal, que lleva visto para sentencia desde junio del año pasado.