La magistrada vuelve a ordenar la paralización de los trabajos en la finca disputada a golpe de excavadora en Alicante

La jueza acuerda de nuevo la retirada, con la intervención de la Policía «si fuese necesario», de la maquinaria y de las personas que están llevando a cabo actuaciones en el terreno que se debaten dos partes

Imagen de los trabajos de demolición este pasado martes.

Imagen de los trabajos de demolición este pasado martes. / INFORMACIÓN

Mercedes Gallego

Mercedes Gallego

En un auto contra el que no cabe recurso, la titular del juzgado de Primera Instancia número dos de Alicante ha ordenado «el cese inmediato con prohibición de ocupación y destrucción física de los elementos radicados en el interior de la parcela sita en la avenida Costa Blanca, 50 de Alicante».

 Se trata de la finca de 4.000 metros ubicada en el Cabo de la Huerta que se están disputando miembros de la familia Boluda, quienes aseguran ser los propietarios y poseedores del terreno desde hace más de medio siglo, y la mercantil Gestipaulista S.L., que afirma haberla comprado.  

La magistrada, que ya adoptó esta misma medida el 15 de noviembre y la anuló hace apenas seis días por un error procesal, se ha reafirmado en su idea de impedir los trabajos de demolición en la finca hasta que se resuelva el litigio entre ambas partes.

En la resolución, notificada a última hora de la mañana de ayer, la magistrada ordena también a los demandados en este procedimiento, la citada mercantil y Juan Carlos B.T., «que se abstengan de entrar en la parcela y de llevar a cabo cualquier acto material de ocupación y destrucción de la finca», así como «la retirada de la maquinaria introducida en la misma y de las personas que están llevando a cabo actuaciones sobre el inmueble litigioso acompañándose de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado por si ello fuera preciso», concreta.

La magistrada considera que «concurren razones» que justifican adoptar estas medidas «de forma inmediata y sin audiencia de la parte demandada» por «el peligro» que se corre, en caso de hacerlo, de no poder asegurar la propiedad en el supuesto de que la Justicia le diera la razón la familia Boluda «toda vez que ambas partes litigantes se encuentran incursas en una contienda judicial relativa a la posesión de la finca arrogándose cada una de ellas ya no sólo la posesión del inmueble sino la titularidad del mismo».

«Apariencia de buen derecho»

A criterio de la jueza, los demandantes (la familia Boluda) «cuentan con una apariencia de buen derecho de ser los poseedores del terreno discutido puesto que de la documentación aportada se aprecian unos indicios de probabilidad, de verosimilitud de su situación sobre la finca». 

   Y añade que «los actos de despojo y destrucción de los elementos arquitectónicos (de los que se han aportado fotografías al juzgado) implican un peligro de que no se pueda cumplir la posible sentencia favorable a las pretensiones de la parte demandante, generando una situación que sea después difícil de revertir».

Este medio se ha puesto en contacto con la letrada Concepción Ferrández, que representa a uno de los demandados, para conocer su opinión respecto a la decisión de la magistrada, pero ha asegurado desconocer el auto, contrario a los intereses de su cliente.

Para justificar la necesidad de las medidas cautelares en tanto se resuelve el fondo del asunto, la magistrada distingue entre el pasado día 15, cuando anuló las prohibiciones dictadas un mes antes, y el 18, periodo en que no se llevó a cabo ningún trabajo en la finca, y a partir del martes 19, «cuando los demandados han vuelto a entrar el inmueble con una máquina para seguir demoliendo la piscina». 

Añade que por parte de la mercantil se aporta la memoria y la licencia municipal para los trabajos que la legitiman para actuar en el terreno pero, precisa, «no debemos olvidar que lo que se está discutiendo en el procedimiento principal es una petición de posesión, no la titularidad del inmueble», recoge el auto.