La Audiencia de Alicante avala la utilización de drones para investigaciones policiales
Una sentencia valida un registro por drogas en una urbanización de la playa de San Juan al considerar que los dispositivos no vulneraron derechos

Policías nacionales con un dron en una imagen de archivo. / Información
La Audiencia de Alicante ha validado el uso de drones en una investigación policial, al entender que no se vulneró derecho fundamental alguno de los investigados con el uso de estos dispositivos, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. La resolución se ha dictado a raíz de un registro por tráfico de drogas que se practicó en una urbanización de la playa de San Juan. Las defensas habían solicitado la nulidad del registro autorizado por el juez porque durante la investigación se utilizaron drones por parte de la Policía. El fallo al que ha tenido acceso este diario asegura que el dispositivo captó imágenes en el interior de una urbanización privada y que sirvieron para identificar las zonas comunes del recinto. No obstante para los magistrados esta circunstancia no supone vulneración de derechos fundamentales, ni intromisión en la intimidad de los investigados.
Los drones se han convertido en una herramienta muy útil en determinadas operaciones, ya que ayudan a los agentes a evaluar una situación antes de ingresar a un lugar, reduciendo el riesgo de enfrentamientos violentos, al tiempo que permiten cubrir grandes áreas en poco tiempo, son más económicos que otros medios aéreos como un helicóptero y las imágenes que capturan tienen una mayor precisión.
Registros
La operación se llevó a cabo el 8 de agosto de 2023 en la playa de San Juan con varios registros que se saldaron con cuatro detenidos. En casa del principal implicado se intervino cerca de un kilo de cocaína. La sala solo ha condenado al acusado en cuyo domicilio se intervino la droga, a quien se le ha impuesto ocho años de prisión por un delito contra la salud pública. A los otros tres implicados se les acusaba de ir al bungalow del primero para abastecerse de droga para revenderla, un hecho que la sala no ha considerado probado al no haberse encontrado sustancia estupefaciente alguna en los registros, por lo que han sido absueltos. Dos de estos procesados son un matrimonio, que estaban defendidos por el abogado Jorge Martínez Navas, que aseguraban que fueron al domicilio porque estaban en negociaciones con el implicado en la compra de un coche de alta gama.
La Policía había utilizado un dron para captar imágenes en el interior de la urbanización del principal investigado. Durante esas pesquisas se habían realizado también vigilancias en torno a la vivienda para identificar a las personas que entraban y salían del bungalow. Desde la defensa se había pedido la nulidad del registro amparándose en una sentencia del Tribunal Constitucional sobre el uso de drones por parte de la guardia urbana de Barcelona. En aquel caso, la intervención se realizó en el interior de un garaje cerrado de la comunidad de propietarios del recurrente.
La Audiencia ha considerado que la sentencia del Constitucional no puede aplicarse en este caso. "No hablamos de un garaje cerrado, sino de una calle sin techumbre y en dicha calle hay puertas y ventanas de múltiples vecinos de los bungalows de una urbanización cuya delimitación tiene una valla y puerta enrejada que permite la visión incluso desde el exterior de dicho recinto", dice el fallo. Para los jueces, el hecho absolutamente atípico de acompañar a unas personas por la calle de acceso al domicilio podía ser visto por los vecinos y cualquier persona que se encontrara en dicha calle.
"Este tribunal no puede sostener que una calle con múltiples casas con puertas y ventanas sea un lugar donde puedan desarrollarse aspectos de intimidad de las personas, alejada del escrutinio ajeno, pues una calle es un lugar de tránsito y paso por el mismo", dice el fallo.
En este caso concreto, la Audiencia señala que el auto por el que se autorizó el registro no se funda en la vigilancia o fotos realizadas por el dron. En este caso, los agentes declararon que las imágenes captadas por el mismo se limitaron al exterior de la vivienda, con el propósito de localizar cuál era la puerta del bungalow del acusado dentro del recinto.
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