La Fiscalía del Supremo recurre las absoluciones de Ripoll, Lorente, Ortiz y otros diez acusados por el macrovertedero de la Vega Baja

La Audiencia de Alicante no vio probado que políticos y empresarios maniobraran para alterar la adjudicación del plan zonal de residuos

Acusados en el proceso por el Plan Zonal en una de las sesiones del juicio. Entre ellos, los expolíticos Ripoll, Lorente y Amorós y el empresario Ortiz.

Acusados en el proceso por el Plan Zonal en una de las sesiones del juicio. Entre ellos, los expolíticos Ripoll, Lorente y Amorós y el empresario Ortiz. / Antonio Amorós

Mercedes Gallego

Mercedes Gallego

Los tribunales no han dicho aún la última palabra en el proceso por las supuestas irregularidades en la tramitación para adjudicar el macrovertedero de la Vega Baja. Una causa desgajada de la operación Brugal que, entre otros, se dirigió contra los expolíticos populares José Joaquín Ripoll y Mónica Lorente, el socialista Antonio Amorós y los empresarios Ángel y Antonio Fenoll, Enrique Ortiz y Rafael Gregory.

Después de que, tras más de dos años y medio de espera, la sección VII de la Audiencia de Alicante concluyera el pasado octubre que no veía probada la existencia de una connivencia entre los acusados para amañar la adjudicación de este plan zonal de residuos, la junta de la sección de lo penal de la Fiscalía del Supremo ha acordado interponer recurso contra la sentencia que absolvió a los trece acusados en base al informe elaborado por los dos fiscales delegados de Anticorrupción en la provincia, Pablo Romero y Fran Marco.  

Los fiscales anticorrupción de la provincia, Fran Marco (i) y Pablo Romero.

Los fiscales anticorrupción de la provincia, Fran Marco (i) y Pablo Romero. / Áxel Álvarez

La formalización de la casación que, salvo imprevistos, aboca al Alto Tribunal a revisar la resolución, se presenta genéricamente por lesión del derecho a un juicio justo y por vulneración de la seguridad jurídica y la tutela judicial del Ministerio Público, al que la sala atribuyó falta de concreción en sus tesis acusatorias. Un argumento que ya usó otro tribunal en la causa del PGOU de Alicante, también derivada del Brugal, y que se saldó con una condena a multa a Ortiz por un delito de cohecho. 

Ocho meses de instrucción y dos años y medio esperando la sentencia

Tras más de quince años de instrucción, una vista oral de ocho meses y los dos años y medio de demora hasta que se dictó la sentencia, el tribunal de la Audiencia de Alicante con sede en Elche que formaban los magistrados Joaquín Orellana, Cristina Ferrández y Javier Sarabia, este último como ponente, concluyó que no había quedado acreditada la existencia de un pacto entre los acusados «para alterar o manipular los acuerdos del Consejo (que tenía que decidir acerca de la adjudicación del plan zonal), ni que ninguno de los acusados ofreciere o aceptase regalos tendentes a conseguir una resolución del Consorcio que les favoreciera».

El exdirigente popular José Josquín Ripoll Ripoll en una de las sesiones del juicio.

El exdirigente popular José Joaquín Ripoll en una de las sesiones del juicio. / Antonio Amorós

La Fiscalía Anticorrupción, que acusaba de cohecho, revelación de información privilegiada, tráfico de influencias, prevaricación, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos y fraude, sostuvo que los encausados se habían confabulado para amañar la adjudicación del plan zonal y la ubicación de la planta de tratamiento de residuos. 

Sin embargo, para el tribunal todas las decisiones adoptadas por la comisión y la junta de gobierno del Consorcio de Residuos creado por la Diputación de Alicante para tramitar el contrato «fueron colegiadas» y sus miembros «votaron libremente», además de que «todos han negado categóricamente haber sido presionados o influidos de alguna manera por Ripoll para orientar su voto», recogía el fallo.

De izda a dcha, los magistrados Javier Sarabia (ponente), Joaquín Orellana y Mercedes Ferrández, el tribunal del proceso por las supuestas anomalías del Plan Zonal.

De izda a dcha, los magistrados Javier Sarabia (ponente), Joaquín Orellana y Mercedes Ferrández, el tribunal del proceso por las supuestas anomalías del Plan Zonal. / Antonio Amorós

Viajes en yate por amistad en trámites de la adjudicación

Los magistrados tampoco consideran que los viajes a la feria de Sevilla o a las Baleares en un yate de Ortiz, de los que disfrutaron junto a otras personas Ripoll y su mujer en pleno proceso de adjudicación del macrovertedero, se realizaran «con la intención de influir en la conducta» del entonces presidente de la Diputación, «sino que las invitaciones se realizaban en base a la relación de amistad entre las familias de Ripoll, Ortiz y Gregory». 

Para la sala, «no ha quedado acreditado que (los viajes) se hicieran con esa finalidad» como tampoco, pese a las conversaciones escuchadas en la sala y validadas por el Supremo en su totalidad, que Fenoll ofreciera a Ripoll, a través de Gregory, dos pisos en Alicante valorados en un millón de euros».

Antecedente

El recurso contra el fallo absolutorio del proceso del plan zonal se produce después de que el Supremo, tras otra casación impulsada por el Ministerio Público, acordara el pasado julio anular la sentencia del primer juicio del caso Brugal (el de la adjudicación de la recogida de basuras de Orihuela)y ordenara que, una vez validadas las pruebas que había anulado un tribunal también de la sección VII, se dicte una nueva sentencia teniéndolas en cuenta.  Un mandato que está costando cumplir y al que, de momento, no se le puede poner fecha. Pero esa es otra historia derivada de la macrooperación que contra la corrupción se inició en la provincia  hace dos décadas.  

Tracking Pixel Contents