Condenado por una agresión sexual en la trastienda de un comercio en Benidorm

El acusado era el propietario del local y la víctima era una empleada y los dos se encontraban descansando tumbados en un sofá cama

Fachada de la Audiencia de Alicante, donde se celebró el juicio.

Jose Navarro

J. A. Martínez

J. A. Martínez

La Audiencia de Alicante ha condenado a dos años de cárcel al propietario de un comercio de Benidorm por la agresión sexual a una empleada, mientras ambos estaban descansando en la trastienda, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El juicio se cerró con una conformidad tras declararse culpable el acusado y pagar el dinero de la indemnización de la víctima, pero la aplicación de las atenuantes quedó bloqueada a la espera de confirmar si se hacía efectivo el pago del dinero. 

El procesado, de nacionalidad china y con residencia legal en España, era el propietario de un comercio sito en Benidorm y la víctima era una empleada española. Los hechos ocurrieron el 17 de marzo de 2022, en la trastienda del establecimiento. Ambos se encontraban descansando tumbado en un sofá cama que se hallaba colocado con ánimo libidinoso por parte del acusado, según declara probado el fallo. El procesado admitió en el juicio que se acercó a ella y comenzó a tocarle los pechos, algo ante lo que la víctima manifestó su oposición, apartándole la mano al tiempo que le decía que no. Sin embargo, continúa relatando la sentencia, el acusado continuó en su conducta hasta en seis ocasiones, hasta que, en un momento dado, le tocó los genitales, y le dio la vuelta, poniéndose encima de ella. 

La resolución subraya que la víctima se quedó paralizada por el miedo, siendo entonces cuando, el acusado le bajó los pantalones, le apartó la ropa interior y la penetró. Un relato que el procesado, que estaba defendido por el abogado Alejandro Dapena, asumió en la vista admitiendo los hechos. El hombre se enfrentaba a una petición de hasta nueve años de prisión. Antes del juicio, la defensa y la acusación particular que ejercía la víctima pudieron llegar a un acuerdo. 

Indemnización

Con antelación al inicio del juicio, el acusado ingresó 15.000 euros en concepto de la indemnización a la víctima. Por este motivo, las partes estuvieron de acuerdo en que existe una atenuante por reparación del daño y rebajan la pena que se pedía hasta los dos años de cárcel. De todas maneras y pese al acuerdo, la sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia. Una circunstancia poco probable, ya que todas las partes se adhirieron al acuerdo al término de la vista oral.

La resolución impone también otras restricciones para el acusado, como son siete años de orden de alejamiento que le impedirá contactar o acercarse a la víctima. También se le imponen diez años de inhabilitación para cualquier profesión que conlleve el contacto directo con menores de edad. También se le imponen otros siete años de libertad vigilada.

Aunque la sentencia no hace ningún pronunciamiento sobre la suspensión de la condena, todo apunta a que el acusado no tendría que ingresar en prisión, dado que la pena ha sido de dos años de cárcel, la indemnización está pagada y carece de antecedentes penales.

Xàbia

Por otro lado, la Audiencia tuvo que suspender ayer el juicio a un acusado de golpear y violar a una mujer, con la que mantenía relaciones sexuales esporádicas. Procesado y víctima se conocieron en verano de 2020 y mantenían encuentros sexuales ocasionales hasta la noche del 13 de noviembre de 2021 cuando la mujer le comunicó que ya no quería continuar. El fiscal mantiene que esa noche, el encausado acompañó a la víctima hasta su casa, en Xàbia, entró en la vivienda pese a la negativa de ella y la forzó sexualmente y la agredió. La Fiscalía pide provisionalmente para él once años de prisión.

Tracking Pixel Contents