Condenan a El Chato a una multa de 270 € por amenazar de muerte al alcalde de Aspe

Un juzgado considera probado que el dueño de la gallera, en prisión preventiva por tráfico de drogas, le dijo «te voy a arrancar la cabeza» a Antonio Puerto

El alcalde de Aspe ratifica en un juicio que El Chato le amenazó de muerte en el Ayuntamiento

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El alcalde de Aspe ratifica en un juicio que El Chato le amenazó de muerte en el Ayuntamiento / Alex Domínguez

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Novelda ha condenado al dueño de la gallera El Chato de Novelda, Ángel Alberola, a una multa de 270 euros por un delito leve de amenazas al alcalde de Aspe, Antonio Puerto, al que le dijo que le iba a arrancar la cabeza tras una reunión celebrada el pasado año en el Ayuntamiento con el objetivo de que se reabriera el establecimiento, clausurado por el consistorio por la celebración de peleas ilegales de gallos.

La sentencia ha sido dictada tras el juicio celebrado la semana pasada en Novelda, donde el alcalde de Aspe ratificó los hechos denunciados el pasado año y El Chato dijo que se le fue la cabeza y que no recordaba lo que le dijo.

La pena impuesta ha sido de un mes y quince días de multa con una cuota diaria de seis euros -270 en total- y en caso de impago se le impondrá un día de privación de libertad por cada dos cuotas no abonadas. El abogado del alcalde, Mateo Bas, solicitó una multa de 1.800 euros y el letrado de El Chato, José Soler, reclamó que fuera de 180.

El fallo judicial recoge también que deja sin efecto la orden de alejamiento que prohibía al Chato acercarse al alcalde de Aspe a menos de 300 metros. Señala la magistrada en la sentencia que no ha sido solicitada dicha pena accesoria en el juicio y que además ha transcurrido con exceso el plazo máximo de seis meses previsto en estos casos en el Código Penal. Sin embargo, fuentes de la acusación recuerdan que no se podía pedir dicha medida. En cualquier caso, El Chato se encuentra en prisión preventiva por tráfico de drogas.

Los hechos declarados probados en la sentencia ocurrieron la mañana del 2 de julio de 2024 en el Ayuntamiento de Aspe. El Chato acudió con su abogado y un técnico a una reunión con el alcalde de Aspe, Antonio Puerto, para abordar una solución al cierre provisional de la gallera, decretado el 26 de enero por el consistorio por actividad ilegal.

La reunión se celebró en el despacho de la Alcaldía y tras reclamar El Chato la reapertura de su establecimiento y exponer sus alegaciones el alcalde les comunicó que no era posible su apertura y dio por finalizada la reunión. Según el fallo, Antonio Puerto les pidió que se marcharan y salieron de su despacho al abogado y el técnico, pero El Chato se negó a salir y «adoptó una actitud agresiva hacia el denunciante, abandonando finalmente el despacho dando voces y gritos», según se recoge en la sentencia.

Cuando se encontraba en la puerta del despacho y zona de hall, El Chato se dirigió al alcalde «de forma amenazante y muy cerca de su cara, vertiendo expresiones tales como ‘te voy a arrancar la cabeza’, lo que causó gran temor» en el alcalde, que fue atendido por el servicio de medicina familiar por un trastorno de ansiedad, según el fallo judicial. Señala la sentencia que estas amenazas fueron presenciadas por varios trabajadores del Ayuntamiento que se encontraban en el lugar.

La magistrada destaca en los fundamentos jurídicos de la sentencia que el alcalde relató los hechos «con total claridad y coherencia, sin que se aprecien móviles espúreos». Antonio Puerto señaló en el juicio, tal como recoge la sentencia, que cuando le instaron a marcharse de la Alcaldía El Chato se negó y dio un puñetazo en la mesa, al mismo tiempo que decía «a este le pago yo».

La jueza de Novelda otorga verosimilitud a las amenazas de muerte denunciadas y precisa que la declaración del alcalde viene corroborada en este caso con las declaraciones de trabajadoras del Ayuntamiento, entre ellas una edil. «Sus testimonios me ofrecen total credibilidad, afirmando las testigos de forma coincidente que escucharon al denunciado decir ‘te arranco la cabeza’», indica la magistrada en el fallo, donde resalta también la persistencia en la incriminación de Antonio Puerta, que ha realizado desde el principio una declaración «sustancialmente igual a la realizada en sede policial, sin que en su testimonio se aprecien ambigüedades ni contradicciones». En cuanto a El Chato, el fallo apunta que negó los hechos y se limitó a decir «que se le fue la cabeza» y que no se acuerda de lo que dijo.

Por todo ello, la jueza indica que ha quedado desvirtuado el principio de presunción de inocencia del denunciado y existen pruebas para acreditar las amenazas de El Chato al alcalde. Antonio Puerto ya avanzó tras el juicio que el dinero de la condena lo destinaría a una asociación de ayuda a personas para desintoxicarse de las drogas.

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