Dos años de cárcel por violar a la empleada de una tienda contigua a la suya en Alicante

El procesado se declara culpable en un juicio por conformidad e indemniza a la víctima por los daños morales

El acusado sentado de espaldas en el banquillo este martes en la Audiencia.

El acusado sentado de espaldas en el banquillo este martes en la Audiencia. / J. A. M.

J. A. Martínez

J. A. Martínez

El dueño de una tienda de alimentación de Alicante acusado de agredir sexualmente a una joven de 18 años que trabajaba en un establecimiento situado junto al suyo ha sido condenado a una pena de dos años de prisión por este delito, después de reconocer su autoría en un juicio que se ha cerrado con una conformidad en la Audiencia de Alicante.

El procesado ha alcanzado un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y con la acusación particular en el inicio de la vista, señalada para este martes en la Sección Segunda de la Audiencia alicantina, tras depositar la cantidad de 5.000 euros en concepto de responsabilidad civil, que habían pactado entre las partes para compensar a la perjudicada por los daños ocasionados.

La agresión sexual tuvo lugar el 29 de diciembre de 2022, cuando la víctima, que trabajaba en un comercio contiguo, acudió a la tienda de productos de alimentación, propiedad del acusado. Ambos comenzaron entonces una conversación en la que él le propuso mantener relaciones sexuales a cambio de dinero. En concreto, le ofreció 150 euros si accedía a practicar sexo con él.

La víctima, que entonces tenía 18 años, se negó y trató de salir del establecimiento, pero el encausado, de nacionalidad colombiana, se lo impidió, cerró el local, apagó la luz y la agredió sexualmente, según el relato del ministerio público asumido por el procesado en el juicio.

Atenuantes

La Fiscalía solicitaba inicialmente siete años de cárcel, pena que ha quedado rebajada tras aplicarse las atenuantes de reconocimiento de los hechos y de reparación del daño.

Además, la pena de dos años de ingreso en prisión ha quedado suspendida con la condición de que el acusado no vuelva a delinquir durante este tiempo. La condena incluye la medida de tres años de alejamiento respecto de la víctima, así como otros cinco años de libertad vigilada. El tribunal ha dictado una sentencia in voce que ya es firme y contra la que no cabe recurso.

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