Juicio por un tiroteo de película en Alicante: "Te voy a poner a bailar"

Condenado a tres años de cárcel por disparar a un hombre durante una discusión y herirle en el hombro con una pistola para la que no tenía licencia

Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante que ha celebrado el juicio este martes.

Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante que ha celebrado el juicio este martes. / Jose Navarro

J. A. Martínez

J. A. Martínez

Durante una discusión fue al coche a por una pistola y se puso a disparar a su oponente mientras le gritaba "te voy a poner a bailar". No es una escena de la película "Uno de los nuestros" de Martin Scorsese, sino el resultado de una reyerta ocurrida en la zona norte de Alicante y que se saldó con un herido. El autor de los disparos ha evitado la prisión tras declararse culpable en un juicio que se ha cerrado con una conformidad este martes en la Audiencia Provincial y en el que el autor de los disparos ha sido condenado a penas que suman tres años de cárcel.

Los hechos ocurrieron pasada la medianoche del 27 de mayo de 2021 en la Zona Norte de Alicante cuando se produjo una discusión entre agresor y víctima por razones que no han trascendido. Algunas fuentes indicaron que se trató de una discusión durante un trapicheo de droga, aunque no han trascendido más detalles y al no haber habido declaraciones en el juicio de ninguno de los implicados tampoco se ha entrado en más detalles.

En un momento dado, el segundo dio un empujón al primero, instante en el que este se marchó hacia su coche, que tenía aparcado en las inmediaciones y sacó una pistola semiautomática. Como si fuera el gángster interpretado por Joe Pesci en la citada película, comenzó a disparar mientras le gritaba "te voy a poner a bailar". Hasta cuatro veces llegó a apretar el gatillo y una de las balas alcanzó en el hombro izquierdo a la víctima. Fuentes judiciales señalaron que el herido estaba tratando de huir y la bala le alcanzó por la espalda.

El tiro afectó a la región subescapular y deltoidea, atravesando tejidos blandos y subcutáneos y no alcanzó órganos vitales. Toda una suerte, porque el disparo le alcanzó en una zona muy cercana al corazón. La víctima fue atendido en Urgencias durante una hora sufrió una incapacidad temporal de entre 25 y 34 días además como unas cicatrices visibles que le causaron un perjuicio estético leve. A esto se añade que el acusado no tenía licencia de armas para la pistola utilizada que llevaba troquelado el emblema de la Guardia Civil. La Fiscalía consideraba que el hecho de que el procesado comenzara a disparar y que una de las balas alcanzara a su víctima cerca del corazón indicaban que los disparos tenían intención de matar. La Fiscalía reclamaba siete años de cárcel por intento de homicidio, así como un año y cinco meses por la tenencia ilícita de armas; penas que se han reducido tras cerrarse una conformidad entre las partes antes del juicio.

Orden de alejamiento

El acusado, representando por el abogado Alberto Rodríguez Rozalén, se ha declarado culpable y ha pagado antes del juicio la indemnización a la víctima, que se había personado como acusación particular a través de la letrada María de la Paz Alarcón. El hombre ha sido condenado a dos años de cárcel por el intento de homicidio y un año más por la tenencia de armas. Para rebajar las penas, se han aplicado atenuantes por dilaciones indebidas, ya que los hechos ocurrieron hace cuatro años, y por reparación del daño, por el pago de la indemnización.

Asimismo se ha establecido una orden de alejamiento por la que no se va a poder acercar a su víctima a menos de 500 metros durante los próximos diez años. Al haberse cerrado una conformidad entre todas las partes, la sala ha dictado una sentencia in voce nada más terminar la vista, anticipando que la resolución es firme y contra ella no cabe recurso. El tribunal ha accedido a suspender la entrada en prisión del procesado, aunque condicionado a que no cometa ningún delito durante la condena y a que cumpla la medida de alejamiento.

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