Tribunales
Otro juez eleva las condenas a tres jóvenes por el brutal ataque homófobo del Tossal de Alicante
Los encausados, que admiten los hechos, han sido juzgados de nuevo tras ordenar la Audiencia que se sumaran las lesiones al delito de odio por el que ya fueron penados al igual que nueve menores

Juicio por una brutal agresión homófoba en el Tossal de Alicante / Mercedes Gallego
Más de cuatro años después de que un grupo formado por tres jóvenes y nueve menores protagonizaran una brutal agresión homófoba en el Tossal de Alicante dejando a una de las dos víctimas con graves secuelas de por vida, el titular del juzgado de lo Penal número 6 ha zanjado este miércoles el proceso que a lo largo de este tiempo se ha seguido por estos hechos, incluida la repetición del juicio a los tres adultos, quienes en noviembre de 2012 fueron condenados por el delito de odio pero no por las lesiones.
El magistrado dictó este miércoles la sentencia in voce imponiendo al considerado uno de los cabecillas de la agresión, Brayan A. C., dos años y seis meses de prisión por el delito lesiones graves y otro año por el de robo con violencia en grado de tentativa (además de la agresión intentó quitarle el móvil a la víctima) con la agravante de discriminación por orientación sexual y la atenuante de dilaciones indebidas.
El acusado, quien en la actualidad se encuentra en prisión por otros hechos, tendrá que hacer frente al pago de 30.000 euros en concepto de responsabilidad civil y al pago de las costas junto a los otros dos encausados.
A estos dos el magistrado les ha condenado por un delito de maltrato de obra a una multa de 540 euros más el pago solidario de una responsabilidad civil de 3.000 euros.
Alejamiento de las víctimas y del monte
Ninguno de los tres se podrá acercar a menos de 500 metros de las víctimas ni frecuentar el Tossal. El primero, durante cuatro años, y los otros dos, Samuel G. y Miguel M., durante seis meses.
A estas penas se suma el año de cárcel, la multa de unos 1.400 euros y la indemnización de 600 por el delito de odio que confirmó la Audiencia en octubre de 2023 para cada uno de ellos en la misma resolución que ordenó repetir el juicio en lo relativo a las lesiones.

Los tres acusados durante la celebración del juicio este miércoles. Al fondo a la derecha, la fiscal y el acusador particular, José Barragán. / Jam
El magistrado que condenó por odio, pero no por las lesiones dio por probado, como después confirmó la Audiencia, que jóvenes y menores se citaron por Whatsapp «para molestar y generar temor a los homosexuales».
Con esa intención se dirigieron a tres hombres que se encontraban en la zona «a los que increparon y persiguieron» (hay imágenes de una cámara de seguridad que así lo atestiguan) pero sin que el juez viera acreditado que esos mismos jóvenes que salieron corriendo y armados detrás de ellos «fueran algunos de los individuos que persiguieron al agredido hasta darle alcance, ni que le agredieran con un puñetazo en el cara, ni con golpes propinados por un palo, ni de ninguna otra forma, ni que intentaran arrebatarle el teléfono móvil de sus manos».
Pasar por alto un testimonio
El juzgador pasó por alto el testimonio de uno de los amigos de los encausados quien declaró que «no estaba allí, pero sí le contaron (los acusados) que habían pegado a unos gays, que Brayan le contó que le había pegado un puñetazo a uno y que habían quedado por Whatsapp».
Este juez, que acordó anular la prohibición que existía de que se acercaran a las víctimas, no vio motivos para condenar por las lesiones (incluso puntualizó que uno de los acusados «les lanzó una piedra sin llegar a alcanzarles») dejando la petición de más de cuatro años de cárcel por los delitos de odio, lesiones y el intento del robo del teléfono planteada por la fiscal Margarita Campos, la mitad de lo que pedía la acusación particular representada por el letrado José Barragán, en un año y la multa y la indemnización únicamente por el cargo de odio.
Reconocimiento y disculpas
Tanto las penas dictadas ayer como las impuestas en octubre de 2022 a los nueve menores que también participaron en esta salvaje agresión (se les condenó a entre dos y tres años de internamiento y libertad vigilada) han venido precedidas de un reconocimiento de los hechos por parte de todos ellos y, tanto en el caso de los tres mayores de edad como en el de dos de los menores, que son hermanos, de una petición de disculpas para que les fueran trasladadas a las víctimas.
"Una actuación grupal"
La Audiencia, en la resolución en la que ordenó la repetición de juicio, incidió en el concepto de la «coautoría» en el sentido de que «no es necesario que todos los partícipes realicen los actos nucleares del tipo, pero sí los esenciales», sin albergar ninguna duda de que, en este caso, se trató de «una actuación grupal».
Una conclusión que en gran medida ratificaron ayer Samuel y Miguel quienes, al término de la vista, reiteraron su arrepentimiento por aquella feroz paliza apuntando que participaron «en lo que hacía el grupo».
Al grito de «maricones de mierda, os vamos a matar», el ataque se perpetró con puñetazos, patadas y un palo.
Secuelas de por vida
Al principal agredido le rompieron el fémur, el pómulo y la nariz, además de causarle daños en la mandíbula y múltiples contusiones. Todo ello sumado a un estrés postraumático que le ha provocado miedo a salir de casa y a estar solo en la calle.
Esas lesiones han derivado en unas secuelas de por vida que le impiden practicar deporte, como hacía antes de ser agredido la tarde-noche del 14 de febrero de 2021, y respirar por la nariz.
Su letrado admitió que había que tenido que rebajar la petición de pena que iba a pedir para llegar a un acuerdo de conformidad que evitara dilatar más este proceso (la alternativa este miércoles era posponer el juicio al no haber comparecido ningún testigo) y se mostró satisfecho porque, por fin, haya acabado este calvario para su cliente.
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