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Cuatro años de cárcel por mostrar porno a su sobrino menor de edad y agredirle sexualmente en Alicante

El acusado convivía en el domicilio familiar con la familia de la víctima y cometió los hechos una mañana que se quedó a solas con el joven

Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante que ha dictado el fallo.

Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante que ha dictado el fallo. / Jose Navarro

J. A. Martínez

J. A. Martínez

La Audiencia Provincial ha condenado a cuatro años de prisión a un hombre que puso un video pornográfico a su sobrino nieto en Alicante y posteriormente le agredió sexualmente en el domicilio familiar en Alicante, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. Los hechos ocurrieron el 1 de septiembre de 2023, una mañana en la que coincidieron a solas en el piso el acusado, de 43 años, y la víctima que por entonces contaba con 14 años y era menor de edad. La condena se ha basado fundamentalmente en el testimonio del menor, a la que el tribunal ha dado total de credibilidad y que se ha mantenido a lo largo de todo el proceso sin contradicciones.

El acusado, que es el tío de la madre del menor, se había limitado a negar absolutamente todo y solo admitía el episodio del vídeo. Según su versión, cuando el menor se levantó le sorprendió viendo un vídeo pornográfico. Su reacción fue tratar de esconderlo, pero al final se lo acabó mostrando porque éste empezó a insistirle. El hombre negó que hubiera pasado nada más y mucho menos que hubieran tenido relaciones sexuales. La sala no considera admisibles las excusas para mostrar la grabación, pero además destaca el testimonio del menor que relató de manera coherente todo lo que pasó ese día. En este sentido, el hecho de que el acusado admitiera que habían visto el vídeo era una manera de corroborar que los hechos habían tenido lugar.

Versión de la víctima

Según la declaración del menor, fue el acusado quien se acercó a él esa mañana para enseñarle el vídeo en el que aparecían imágenes sexuales explícitas y mientras se lo mostraba comenzó a hacerle preguntas de carácter íntimo, como si se rasuraba los genitales o se masturbaba. El joven declaró en el juicio que se quedó bloqueado y que no sabía cómo reaccionar, mientras el acusado empezaba a tocarle en sus zonas íntimas. El fallo no ha considerado probado que el procesado tratara de penetrar al joven. Según explica, la víctima no pudo explicar en el juicio si llegó a hacerlo, ya que no veía lo que estaba haciendo.

El fallo ha integrado el delito de exhibición de material pornográfico a un menor dentro de la agresión sexual, al considerar que este fue el medio con el que el procesado pretendió llevar a cabo la agresión sexual. El fallo impone cuatro años de cárcel por un delito de agresión sexual, así como una orden de alejamiento que le impide acercarse a la víctima durante seis años. Asimismo, también establece que el procesado tenga que indemnizar al menor con 6.000 euros por los daños morales. El fallo no es firme y contra él cabe recurso.

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