Un exdirector de banco de Alicante niega haberse quedado 300.000 € de cinco clientes fallecidos
La Fiscalía mantiene la petición de ocho años de cárcel aunque admite que puede haber dilaciones indebidas tras una década de retrasos

El juicio ha quedado visto para sentencia en la Audiencia Provincial de Alicante. / Jose Navarro
La causa al exdirector de una sucursal bancaria de Alicante acusado de apropiarse de 300.000 euros de las cuentas de clientes fallecidos ha quedado este martes visto para sentencia en la Audiencia Provincial. Mientras que la Fiscalía ha mantenido la petición de ocho años de cárcel para el acusado, desde la defensa se ha pedido la nulidad de todo el proceso argumentando que se trata de una investigación realizada al margen del juzgado y sin respetar los derechos del acusado. Desde el Ministerio Público se ha admitido que podría haber una atenuante por dilaciones indebidas porque los hechos han tardado una década en poder juzgarse.
El acusado ha declarado en esta segunda sesión del juicio solo para responder las preguntas de su defensa, el abogado José Luis Romero, para negar los hechos y denunciar las condiciones en que se llevó a cabo la investigación. El banco inició las pesquisas a raíz de que la Seguridad Social denunciara que se estaba cobrando desde la sucursal la pensión de viudedad de una mujer que estaba fallecida. La auditoría interna desveló que el acusado se habría estado apropiando de hasta 300.000 euros de las cuentas de cinco clientes fallecidos, eludiendo los controles del banco. Ese informe pericial ha sido la base de toda la investigación y también la que puede hacer que se derrumbe como un castillo de naipes si prosperan las alegaciones del abogado de la defensa, mientras que desde el Ministerio Púbico se ha defendido la validez de todas las pesquisas.
La defensa pide anular la causa porque la instrucción se realizó al margen del juzgado
Según planteó, su validez como prueba empezó a ser cuestionable desde el momento en que se expulsó al banco de la causa desde la propia Fiscalía, ya que se planteaba que la entidad no podía ser perjudicada por estos hechos y a la vez responsable civil subsidiario. Desde la defensa se planteó que al ser expulsados de la causa, todas las pruebas instruidas a instancias de esa acusación se anularon también, lo que invalida ese informe. Según Romero, toda la documentación se practicó de espaldas al juzgado, que se limitó después a dar validez a todo el contenido del informe.
Modus operandi
Según la investigación interna del banco, el procesado se habría dedicado a localizar cuentas de clientes de avanzada edad, en su mayoría fallecidos y con escasa operativa, para quedarse con sus fondos. Una vez seleccionado un objetivo, hacía un seguimiento de los movimientos y, en caso de existir autorizados, daba de baja a las personas autorizadas en las cuentas de esos clientes fallecidos. También habría buscado en las bases de datos del banco nombres similares a los de los titulares de esas cuentas, utilizando su Documento Nacional de Identidad para evitar la cancelación de la cuenta, y modificando el domicilio de los clientes para impedir que les llegaran notificaciones. Asimismo, activaba una libreta bancaria para poder efectuar reintegros en la oficina de la que era director y suplantar la firma del cliente.
La principal prueba es la auditoría de la entidad realizada tras descubrirse las irregularidades
El caso más grave es el de dos hermanas, ambas fallecidas, desde cuyas cuentas habría tenido acceso a 115.940 euros entre mayo de 2012 y septiembre de 2014, a través de disposiciones tanto por caja en las oficinas en las que estuvo destinado, como en cajeros automáticos. La persona autorizada en la cuenta, era el sobrino de ambas mujeres, a quien el acusado dio de baja.
La Sección Tercera de la Audiencia deberá decidir ahora si acepta las tesis de la defensa y si acepta o no el informe pericial o, por el contrario, le da validez para fundamentar la condena.
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