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Un error procesal lleva a absolver a Luis Castillo de desviar dinero de un hotel

La Audiencia no entra en el fondo del asunto en un fallo dictado a los nueve meses del juicio y concluye que se vulneraron derechos de los acusados en la instrucción

De izquierda a derecha, los hermanos Juan Carlos y Luis Castillo, y los empresarios que compraron el hotel.

De izquierda a derecha, los hermanos Juan Carlos y Luis Castillo, y los empresarios que compraron el hotel. / ALEX DOMINGUEZ

J. A. Martínez

J. A. Martínez

La Audiencia de Alicante ha absuelto al empresario Luis Castillo y al resto de los acusados en la causa por desvío de fondos de un hotel debido a un error procesal, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. La Sección Primera ha tomado esta decisión al valorar que el procedimiento se tramitó de manera irregular, ya que inicialmente la querella se investigó por otro juzgado que archivó provisionalmente las diligencias al no ver delito. Sin embargo, un año después de esa primera denuncia, se presentó una nueva querella en otro juzgado, que fue la que envió al banquillo a los cuatro acusados. Dos procedimientos distintos para investigar hechos que, a juicio del tribunal, eran los mismos.

El tribunal concluye que esa segunda causa vulneró los derechos de los acusados, porque esa investigación tenía que haber recaído en el mismo juzgado que tramitó la primera denuncia. Una circunstancia que afectó al derecho de defensa y conlleva la anulación de todo el proceso. Por ello, el tribunal procede a absolver a todos los acusados sin entrar a valorar el fondo de las acusaciones, nueve meses después de que el juicio quedara visto para sentencia. El fallo no es firme y contra él cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

En el banquillo se sentaron el pasado mes de mayo el actual presidente de la Asociación Provincial de Hoteles y Alojamientos Turísticos (APHA), Luis Castillo, así como su hermano, junto a otros dos empresarios que les sucedieron en la gestión del Gran Hotel de El Campello. Tanto la Fiscalía como algunos de los acreedores les acusaban de actuar en connivencia para desviar fondos del complejo turístico, que acabó cerrando sus puertas ante la quiebra de la empresa que lo gestionaba y el desahucio de los propietarios del inmueble a los responsables de su explotación comercial. La Fiscalía reclamaba cinco años de prisión para los hermanos Castillo por apropiación indebida, pena que también se pedía para los otros dos acusados que les sucedieron en la gestión para quienes además se solicitaban dos años más por estafa.

Los hechos se remontan al 25 de febrero del año 2010, fecha en la que Luis Castillo y su hermano constituyeron la mercantil Hoteles Carolina, que se encargaba de la explotación del Gran Hotel de El Campello. A finales de 2011, Luis Castillo transmitió sus participaciones sociales a uno de los otros acusados, que acabó nombrado como administrador único de la sociedad en noviembre de 2011 y quien, a su vez, fue relevado por su padre seis meses después. Entre tanto, la empresa quedó descapitalizada y con numerosas deudas. Los querellantes sostenían que el negocio era rentable y que hubo desvío de fondos.

Los hermanos Castillo negaban las acusaciones, sosteniendo que el hotel fue un negocio ruinoso que les hizo perder dinero, motivo por el que vendieron la sociedad a unos nuevos propietarios. Por su parte, estos aseguraban que al incorporarse a la empresa se encontraron con deudas pendientes de más de 150.000 euros con impagos a proveedores y a la Seguridad Social que abocaron al establecimiento a su cierre. Sin embargo, la Policía detectó en su día movimientos irregulares de efectivo. Las deudas reclamadas en el juicio ascendían a más de 300.000 euros.

Doble denuncia

La sentencia únicamente considera probado que el querellante, Olaf Reig Wilkens, tuvo importantes desavenencias con los hermanos Castillo a propósito de la administración del hotel, motivo por el que se presentaron dos denuncias diferentes en dos juzgados de Alicante. La primera querella se presentó contra los Castillo por la gestión del hotel, mientras que la segunda denuncia se presentó contra los empresarios que les sucedieron en la dirección de las instalaciones. La primera se acabó archivando, pero la segunda fue el procedimiento que acabó en este juicio. Esta duplicidad justificó que desde la defensa se planteara que la causa era materia ya juzgada, cuestión previa que ha estimado el tribunal.

"La actuación de la acusación particular propició la apertura de las segundas diligencias de investigación y, posteriormente, que estas se ampliaran para incorporar como investigados a Luis Castillo y a su hermano por delitos por los que se había acordado su sobreseimiento provisional", recuerda la sentencia. El fallo recuerda que, en lugar de pedir la reapertura de las primeras diligencias, el querellante optó por formular una nueva denuncia. "Dada esta duplicidad, lo procedente hubiera sido que acordara la inhibición al otro juzgado", dice.

El fallo señala que estas irregularidades procesales han tenido "importantes consecuencias" para el derecho de defensa de los hermanos Castillo y del resto de los acusados. Cuando se les tomó declaración en las segundas diligencias el interrogatorio se circunscribió exclusivamente a un delito de alzamiento de bienes, ya que los otros delitos se investigaban en el otro procedimiento. Esto significa que ambos acusados no pudieron dar su versión sobre los delitos por los que fueron finalmente acusados. Al considerar las acusaciones que hubo connivencia entre los Castillo y los otros dos acusados que les sucedieron en la gestión del hotel, entiende la Audiencia que esto refuerza la idea de que esa segunda denuncia debió haber sido incorporada a la primera querella. En definitiva, que no podía abrirse un procedimiento paralelo por hechos que eran sustancialmente idénticos.

La defensa también planteó que la causa estaba prescrita, pero dada la nulidad decretada la sala considera que no es necesario pronunciarse sobre ella. Del mismo modo que tampoco se pronuncia sobre el fondo del asunto o sobre las pruebas analizadas.

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