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Parodi pide al Supremo revocar su condena por el caso Abde

Las defensas insisten en su recurso en que no hubo perjuicio para Hacienda y que no se ha valorado que el club saldó su deuda con la Administración antes del juicio

Imagen de los acusados acompañados por sus defensas a su llegada a la Audiencia el día del juicio.

Imagen de los acusados acompañados por sus defensas a su llegada a la Audiencia el día del juicio. / ALEX DOMINGUEZ

Los abogados del presidente del Hércules CF, Carlos Parodi, han anunciado formalmente el recurso que presentarán ante el Tribunal Supremo contra la condena impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) por el caso Abde. El escrito, presentado este lunes por los letrados Francisco Ruiz Marco e Ignacio Gally, busca anular la sentencia que revocó la absolución inicial de la cúpula del club dictada por la Audiencia de Alicante. El TSJ impuso dos años y seis meses de prisión a Parodi por un presunto delito de alzamiento de bienes.

Junto al presidente, el TSJ condenó también al actual vicepresidente del club, Valentín Botella, y al patrono de la Fundación, José Francisco Javier León Barahona, a penas de un año y siete meses de cárcel. El tribunal consideró probado que los directivos trataron de ocultar a Hacienda los dos millones de euros del traspaso del jugador al FC Barcelona, desviándolos a través de la Fundación Hércules mediante el endoso de un cheque el 31 de agosto de 2021.

El TSJ consideró delictiva la actuación de los acusados porque el cheque fue endosado a la fundación del club sin una causa económica real, lo que permitió sustraer el dinero del alcance inmediato de la Agencia Tributaria. Para el TSJ, el posterior fraccionamiento de esa cantidad en varios cheques y su uso para pagar otros gastos del club no borraba el delito, al tratarse de actuaciones posteriores a su consumación. El dinero se troceó en 33 cheques al portador de 60.000 euros y uno de 15.772 a favor del Hércules, vaciando así la cuenta bancaria de la Fundación. El TSJ concluía que lo determinante es que se privó a Hacienda de la posibilidad de embargo cuando existía una deuda pública vencida y exigible.  El TSJ considera que las maniobras de los acusados "tenían el claro objetivo de impedir y evitar la eficacia de cualquier embargo de la Agencia Tributaria por deudas anteriores que tenía la entidad deportiva".

Fechas de las facturas

El núcleo del recurso de casación radica en un presunto error en la apreciación de la prueba. La defensa sostiene que el TSJ concluyó erróneamente que el dinero del traspaso se utilizó para pagar deudas "posteriores" creadas para vaciar la caja ante el fisco. Sin embargo, el escrito subraya que la documentación aportada a la causa acreditaría que los pagos se destinaron a deudas legítimas y de origen muy anterior al cobro del dinero, concretamente correspondientes a julio de 2017 y finales de 2020. Bajo esta premisa, los abogados mantienen que no se ocultó dinero a Hacienda ni se sustrajo la garantía patrimonial de los acreedores en su conjunto. Al haber destinado los fondos a obligaciones reales del club, defienden que no existió una actuación dirigida a perjudicar a la Agencia Tributaria ni el "ánimo de defraudar" necesario para el tipo penal de alzamiento de bienes. En este sentido, las defensas piden que se traslade toda la causa al Alto Tribunal, para que puedan valorar esa documentación.

Asimismo, el recurso plantea que el TSJCV aplicó de manera indebida la norma penal en cuanto a la extensión de las condenas. La defensa califica de "mínima" la rebaja aplicada por el tribunal a pesar de que los acusados ingresaron 1,5 millones de euros para saldar la deuda con Hacienda antes del juicio, lo que supuso una atenuante por reparación del daño que, a su juicio, no se ha visto reflejada proporcionalmente en el fallo.

La Audiencia de Alicante no vio delito en la actuación de los acusados, pero tanto la Fiscalía, como la Abogacía del Estado y la acción popular que ejercía la Asociación Herculanos recurrieron la resolución, al valorar que los hechos que declaraba probados el tribunal anterior eran delictivos. La sentencia absolutoria fue corregida por el TSJ. En el anuncio del recurso, las defensas plantean también que se vulneraron sus derechos y que el TSJ sobrepasó los límites legales al convertir una sentencia absolutoria en una condena en segunda instancia sin las garantías suficientes.

Con la formalización de este anuncio ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV, el proceso se traslada ahora a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que deberá decidir si mantiene la condena o devuelve la validez a la absolución dictada en su día por la Audiencia Provincial de Alicante.

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