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Condenado un educador de un centro de menores de Alcoy por abusar de una interna de once años

El acusado elude la cárcel al serle suspendida la pena de un año y medio de prisión tras cerrar una conformidad con la Fiscalía

El acusado llega a la Audiencia Provincial acompañado de su abogada.

El acusado llega a la Audiencia Provincial acompañado de su abogada. / HECTOR FUENTES

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J. A. Martínez

J. A. Martínez

Un educador de un centro de menores de Alcoy se ha declarado culpable de abusar de una de las internas, cuando esta tenía once años de edad. El juicio por estos hechos se ha cerrado con una conformidad tras la que el acusado ha sido condenado a un año y medio de prisión que no tendrá que cumplir, ya que se le ha suspendido la pena.

No consta la fecha exacta en la que se produjeron los hechos, pero el fallo considera probado que al menos fue antes de julio de 2011, cuando la menor se encontraba como interna del centro y contaba con once años de edad. El procesado está acusado de haber besado y sometido a tocamientos en sus partes íntimas a la joven en una ocasión en la que accedió a su dormitorio para abusar de ella. Esta presentó la denuncia posteriormente y en la actualidad cuenta con 26 años de edad.

El acusado se ha declarado culpable de un delito de abuso sexual a menor de edad en el juicio celebrado este miércoles en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial. Inicialmente, la Fiscalía reclamaba una pena de cinco años de prisión, que ha rebajado hasta un año y medio tras cerrarse el acuerdo. Para justificar la rebaja se ha planteado unas atenuantes por dilaciones indebidas, dado el tiempo que ha tardado en tramitarse la causa, así como otra por reparación del daño, ya que el acusado ha pagado antes del juicio 3.000 euros para cubrir el dinero de las indemnizaciones. Antes de cerrar el acuerdo, la Fiscalía ha consultado a la víctima que, según han planteado en sala, no se ha opuesto. La sentencia se ha dictado in voce en la misma sala tras el juicio, por lo que ya es firme y contra ella no hay posibilidad de recurso.

El fallo impone también una orden de alejamiento por la que el acusado no podrá acercarse no contactar con la víctima en un plazo de seis años. También se le impone la pena de libertad vigilada durante cinco años y la obligación de seguir un curso de reeducación sexual.

Desde la defensa se ha reclamado la suspensión de la pena para que el acusado no tenga que ingresar en prisión. Una petición a la que no se ha opuesto la Fiscalía, aunque todo ello condicionado a que se cumpla la orden de alejamiento y a que el acusado no vuelva a delinquir en los próximos tres años.

Condena en Villena

Por otro lado, un hombre de 28 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a una pena de un año de prisión por agredir sexualmente en Villena a dos menores de edad a los que practicó tocamientos, según la sentencia la que ha tenido acceso Efe. El encausado reconoció los hechos tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía en el inicio del juicio, celebrado ante un tribunal de la Sección Segunda el pasado 26 de marzo, donde asumió que el 25 de septiembre acompañó a uno de los menores, que entonces tenía 11 años, hasta su domicilio y que, una vez en el rellano le realizó tocamientos en el glúteo y le instó a que le diese un beso, a lo que el menor se negó.

A su vez, el acusado también admitió que en una fecha indeterminada de ese mismo mes de septiembre se dirigió hasta otro menor, de 12 años, que se encontraba jugando en un parque, lo sentó encima de sus rodillas y también le realizó tocamientos. La sentencia considera probado que el acusado padece de una discapacidad mental leve diagnosticada y un trastorno del control de impulsos, lo que merma, sin abolirlas, sus capacidades cognitiva y volitiva.

En esta línea, el tribunal ha estimado la eximente incompleta de alteración psíquica y acuerda la imposición de las penas acordadas entre las partes, de seis meses de prisión por cada uno de los dos delitos de agresión sexual. Al tiempo, establece la medida de libertad vigilada por un tiempo de tres años, así como la prohibición de aproximarse a los dos menores a una distancia inferior a los 300 metros durante un año y seis meses. En ese mismo periodo, tampoco podrá comunicarse con ellos. Por último, la sentencia añade que el acusado deberá compensar al primero de los menores en la cantidad de 300 euros. La sentencia es firme, sin que quepa la posibilidad de interponer recurso de apelación.

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