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Condenados por vender decenas de decodificadores pirata desde Alicante para ver el fútbol

La investigación se inició tras una denuncia de LaLiga, cuyos detectives se hicieron pasar por compradores de los equipos para destapar la trama

Entrada de los juzgados de Benalúa de Alicante, donde se ha dictado la sentencia.

Entrada de los juzgados de Benalúa de Alicante, donde se ha dictado la sentencia. / PILAR CORTES

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J. A. Martínez

J. A. Martínez

Desde Alicante comercializaron decenas de decodificadores que permitían a sus compradores ver gratis los partidos de LaLiga, servicios que ofertaban abiertamente en las redes sociales. Las actividades no pasaron desapercibidas para los abogados de los titulares de los derechos futbolísticos, que contrataron a un equipo de detectives para ver qué había detrás. La investigación consistió en responder a los anuncios como si fueran compradores y esto permitió acreditar la operativa del entramado. Un juzgado de lo Penal de Alicante ha condenado a dos acusados de comercializar los aparatos, que no solo permitían disfrutar gratis de los partidos de fútbol, sino también de otros contenidos de plataformas de pago. La sentencia, que es firme y contra la que no cabe recurso, se ha dictado tras reconocer los hechos en un acuerdo de conformidad. El fallo refleja el daño a la propiedad intelectual y cómo el negocio apenas es tan boyante cómo podría parecer en un principio. Apenas 2.500 euros de ingresos pese a la estructura, según la investigación policial sobre el estado de las cuentas. El precio que cobraban por instalación era de sesenta euros.

La sentencia considera probado que los acusados gestionaban perfiles en redes sociales y canales de mensajería desde los que ofrecían descodificadores y suscripciones IPTV que permitían acceder a canales de pago, incluidos los que emiten los partidos de las competiciones organizadas por LaLiga. El fútbol no era solo el objeto de su negocio, ya que también ofertaban ese gratis a contenidos de plataformas en streaming como Netflix, Amazon o The Walt Disney Company. Han sido los anuncios sobre el fútbol, lo que los ha hecho caer y, de hecho, la sentencia no se pronuncia sobre este otro material audiovisual al que daban acceso.

Sesenta euros por servicio

La actividad se desarrollaba a través de perfiles en Facebook y grupos de Telegram, donde promocionaban distintas modalidades de acceso a cambio de unos 60 euros por servicio, además de facilitar los dispositivos y programas necesarios para su funcionamiento. Los pagos podían realizarse por diversas vías, como transferencias bancarias, PayPal o Bizum. Todo muy profesionalizado.

La investigación se inició a raíz de una denuncia presentada por LaLiga ante la Policía Nacional el 6 de abril de 2022. Para acreditar los hechos, los investigadores llegaron a hacerse pasar por compradores, lo que permitió documentar el funcionamiento del sistema, los canales de distribución y los métodos de pago empleados por los acusados. La denuncia recalcaba que LaLiga es la titular de los derechos de los partidos de primera y de segunda división y perceptora del resultado de la explotación comercial de estos derechos.

Pese a ello, la sentencia fija en 2.500 euros los ingresos obtenidos, una cantidad que contrasta con la infraestructura descrita y el alcance potencial del servicio. La explicación está en el propio proceso judicial: en casos de conformidad, como este, las condenas se basan en las cantidades que pueden acreditarse de forma directa, generalmente a través de movimientos bancarios, dejando fuera otros posibles ingresos no rastreados. Este es el movimiento que aparecía en las cuentas de los acusados.

Conformidad

La causa quedó resuelta mediante un acuerdo de conformidad entre las partes, una fórmula habitual en este tipo de procedimientos, que se tradujo en penas inferiores al año de prisión y evitó el ingreso efectivo en la cárcel al carecer los acusados de antecedentes penales.

Con ese volumen de ingresos y un precio medio de 60 euros, el negocio habría contado con alrededor de medio centenar de clientes, según la estimación básica de los movimientos bancarios. Sin embargo, el impacto económico de este tipo de prácticas va más allá de lo que reflejan las sentencias. Los titulares de derechos audiovisuales sostienen que la piratería genera pérdidas millonarias, al desviar a potenciales clientes de las plataformas legales. Aunque no todos los usuarios de servicios ilegales habrían contratado una suscripción oficial, el consumo agregado de estos contenidos fuera de los canales autorizados supone un perjuicio directo para la industria.

En este caso, como en muchos otros relacionados con la piratería digital, la resolución judicial dibuja una doble realidad: la de un negocio aparentemente menor en términos de ingresos probados y la de un fenómeno mucho más amplio cuyo impacto económico resulta difícil de cuantificar con precisión al dictar sentencias. LaLiga ha sido especialmente activa en denuncias contra el pirateo del fútbol.

Desde la Fiscalia, tras las denuncias de la entidad se ha llegado a sentar en el banquillo a cerca de medio centenar de bares de la provincia por ofrecer a sus clientes los partidos sin pagar los correspondientes derechos. Se les acusaba de un delito contra la propiedad intelectual y se reclama para cada uno de ellos un año de cárcel y el pago de una multa. Encuentros deportivos ofrecidos a la clientela de sus locales y con los que los locales se garantizaron tener un buen aforo. LaLiga Nacional de Fútbol tenía la exclusividad para su difusión audiovisual reclamaba a los propietarios de los locales por las pérdidas que les ha causó estas emisiones públicas. En todas estas causas, LaLiga estaba personada como acusación particular en todos los procedimientos abiertos. Las penas reclamadas y las indemnizaciones a las que se enfrentaban los infractores era un estímulo a la hora de forzar que se negociara algún acuerdo. Aunque no siempre con el resultado esperado, ya que en uno de los casos, una magistrada absolvió a la acusada al considerar que el hecho de poner los partidos en su bar no suponían perjuicio alguno contra la propiedad intelectual.

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