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Diez años de cárcel a un detenido en Alicante con 20 kilos de cocaína en una furgoneta

La Audiencia Provincial condena a otros tres procesados a penas de entre uno y tres años de prisión y absuelve a dos acusadas

Interceptado en Alicante un alijo de 20 kilos de cocaína

Interceptado en Alicante un alijo de 20 kilos de cocaína / INFORMACIÓN

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La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a penas que suman diez años de prisión a un hombre que fue detenido el pasado año por la Policía Nacional de Alicante cuando circulaba en una furgoneta con un alijo de 20 kilos de cocaína oculto en una máquina industrial de pulir tacones. El tribunal, que le impone ocho años por tráfico de drogas y otros dos por tenencia ilícita de armas por un revólver que le intervinieron, condena en el mismo fallo a otras tres personas a penas de entre uno y tres años de cárcel, mientras que absuelve a otras dos acusadas, defendidas por los abogados Roberto Sánchez Martínez y Aitor Esteban Gallastegui.

Según los hechos probados en la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Alicante, la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (UDYCO) de la Policía Nacional de Alicante inició en febrero del pasado año una investigación sobre uno de los seis acusados que vivía en Torrellano y se dedicaban a suministrar sustancias estupefacientes a terceras personas. Este acusado vivía con una mujer que ha sido absuelta del delito de tráfico de drogas que se le imputaba al no constar acreditado que realizara «acto alguno tendente a facilitar dicho tráfico ilícito».

Las vigilancias policiales sobre este domicilio de Torrellano permitieron ir identificando al resto de acusados, así como una furgoneta que fue donde la Policía intervino la droga el 7 de marzo de 2025 a la entrada a Alicante, cuando el conductor se dirigía a su domicilio en San Vicente del Raspeig. Ese día por la mañana la furgoneta fue seguda mientras se dirigía hacia Villena, pero la Policía le perdió la pista y estableció dispositivos de vigilancia para detectarla a su regreso. Así ocurrió sobre las 20:30 horas, cuando los agentes interceptaron la furgoneta a su llegada por la autovía a Alicante. En el interior localizaron una máquina industrial de pulir tacones y, dentro de ella, una bolsa de deporte con 20 paquetes de cocaína, de aproximadamente un kilo cada uno. La droga intervenida tenía un valor estimado de 610.120 euros.

Tras el hallazgo, la Policía practicó registros en inmuebles de Torrellano Alto, El Moralet en Alicante y en la urbanización Los Girasoles de San Vicente del Raspeig, donde residía el conductor de la furgoneta. En esas entradas se intervinieron cocaína, hachís, marihuana, útiles relacionados con el cultivo o manipulación de droga, dinero en efectivo y un revólver apto para el disparo. Según informó la Policía, incautaron también medio centenar de botellas preparadas con válvulas y productos químicos para elaborar la potente droga «BHO» (acrónimo de «butane hash oil»), un aceite concentrado de cannabis que permite alcanzar un 80% de THC, el principio psicoactivo de la marihuana.

Sin credibilidad

La sentencia considera probado que el conductor detenido con 20,05 kilos de cocaína, con una pureza del 84,6%, se dedicaba al tráfico de drogas y el tribunal no dio credidilidad a la versión exculpatoria dada por el procesado en la vista oral. El acusado alegó que una persona que no conoce de nada le llamó para contratarle para hacer un porte de Madrid a Dénia, transporte por el que cobró 550 euros. Indicó que le metieron una máquina que debía entregar cerca de Dénia y regresó a Alicante, negando que realizara maniobras de contravigilancia cuando le seguía la Policía.

Además de este conductor condenado a diez años, a sentencia también condena a otro acusado a 3 años de prisión y multa de 8.320 euros por tráfico de drogas y a otras dos personas a sendas penas de año de prisión y multa de 21.030 euros cada una por tráfico de sustancias. A dos de ellos se les aprecia la atenuante de drogadicción.

Por el contrario, el tribunal absuelve a dos acusadas al no considerar acreditada su participación en el tráfico de drogas. En uno de los casos, la Sala recuerda que la convivencia con una persona que trafica y el conocimiento de la actividad no bastan por sí solos para condenar si no se prueba una colaboración activa.

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