Tribunales
Condenado a 16 meses por amenazar y morder en la ceja y en las mejillas a su expareja en Dénia
La víctima fue agredida después de negarse a dar un beso al acusado, que deberá pagar una indemnización de 7.000 euros

Fachada de la Audiencia de Alicante. / ALEX DOMINGUEZ

Un hombre ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a penas que suman un total de un año, cuatro meses y quince días de cárcel y seis años de tratamiento ambulatorio por amenazar y lesionar en Dénia a su expareja, a quien propinó un mordisco en la ceja y otros dos en ambas mejillas, causándole heridas de las que tardó en curar 221 días.
El tribunal acuerda la suspensión de la pena de prisión durante un plazo de tres años con la condición de que el condenado se someta al tratamiento ambulatorio de seis años de duración establecido en el fallo, que es firme. El acusado deberá indemnizar a la víctima con 7.000 euros.
Los hechos ocurrieron en torno a las 22:00 horas del 14 de junio de 2021 en el domicilio de un amigo en común, en el municipio de Dénia. La sentencia detalla que el acusado mantuvo una discusión con la perjudicada, con la que había mantenido una relación de dos meses de duración en 2019, motivada por los celos. En ese momento, le rogó que le diese un beso, a lo que la mujer se negó.
Empujón y mordiscos
Entonces, el procesado le dio un empujón y la amenazó de muerte para posteriormente abalanzarse sobre ella y propinarle un mordisco en la ceja y otros dos en ambas mejillas.
El tribunal considera que, en ese momento, el encausado sufría un trastorno bipolar esquizofrénico por el que requirió que fuese valorado en la Unidad de Psiquiatría del Hospital comarcal de la Marina Alta, sin que precisase su ingreso.
Como resultado de esa valoración, se determinó que ese trastorno podía derivar de su dependencia al cannabis y al alcohol, y que, cuando se produjo la agresión, tenía mermadas sus capacidades cognitivas y volitivas.
El procesado asumió la autoría de los hechos tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía. Así, el tribunal dicta una sentencia condenatoria en la que, en primer lugar, le considera autor de un delito de amenazas, castigado con tres meses de prisión y dos años de tratamiento ambulatorio.
También le atribuye un segundo delito de lesiones, por el que le impone otros 13 meses y 15 días de privación de libertad, así como otros cuatro años de tratamiento ambulatorio.
Todo ello con la agravante de parentesco y con la eximente incompleta de enajenación mental. Además, el tribunal establece que deberá indemnizar a la víctima en la cantidad de 7.000 euros por los daños ocasionados.
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