La Audiencia condena a un oriolano por estafar a inmigrantes con falsos contratos de trabajo
El fallo le impone tres años y ocho meses de cárcel por cobrar a 300 personas con la promesa de legalizar su situación
EFE
La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a tres años y ocho meses de prisión a dos acusados (uno de ellos un empresario de Orihuela) por estafar a decenas de inmigrantes, a los que ofrecía falsos contratos de trabajo. Asimismo, ha absuelto a otros tres acusados, entre ellos, la abogada que tramitó los expedientes en los servicios de Extranjería y a su esposo.
Además, a los condenados se les impone una multa de nueve meses, con una cuota diaria de seis euros, y el pago de indemnizaciones a los perjudicados, según la sentencia a la que ha tenido acceso Efe. Uno de los condenados es el empresario vecino de Orihuela (Alicante) José Fernando L., quien durante el juicio reconoció los hechos y aseguró que la cantidad obtenida de sus víctimas "estará alrededor de los 400.000 euros".
Este imputado admitió también que a él le correspondieron "unos 25.000 o 30.000 euros", y añadió que el también acusado Luis R.P., con quien había fundado la sociedad "Páramo Lorente, S.L.", percibió la misma cantidad.
La sentencia considera como hechos probados que a través de dicha sociedad y de la denominada "Carisa Primer Empleo, Empresa de Trabajo Temporal", los dos acusados, ahora condenados, realizaron actividades de cesión de mano de obra para las que no estaban autorizados.
La Sala añade que la letrada absuelta "llegó a presentar en la oficina de Extranjería de Murcia un total de 321 solicitudes de colocación", que fueron denegadas.
La Sala afirma que los dos condenados "ofertaron a trabajadores extranjeros en España, a cambio de diversas cantidades de dinero que rondaban los 3.000 euros, la posibilidad de traer desde su país de origen a familiares y amigos al amparo de la oferta que el Ministerio de Trabajo efectúa anualmente para empleos de difícil cobertura". De los perjudicados se tiene constancia de medio centenar de ellos, que actuaron en el juicio como acusación particular contra los imputados. Al pronunciarse por la absolución de los otros tres, la Audiencia indica que el fiscal retiró la acusación contra uno de ellos, y en cuanto a la actuación de la abogada afirma que no se ha probado que la intervención de la misma rebasara su actividad profesional e incurriera en ninguna figura delictiva.
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