El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) ha desestimado en una sentencia la petición de retirar la Cruz de la Muela, ubicada en un lugar público del municipio de Orihuela, por entender que su mantenimiento no supone la "imposición de unas particulares creencias religiosas".

La resolución judicial ha sido dada a conocer hoy por la portavoz del ayuntamiento oriolano, Antonia Moreno (PSPV-PSOE), quien ha mostrado su satisfacción por el fallo y ha manifestado que "la Cruz de la Muela se queda donde está".

En la sentencia, el TSJCV desestima un recurso presentado por una asociación y dos particulares en el que se solicitaba la retirada de esa cruz del monte de la Muela al tratarse de una zona pública, lo que, a su juicio, resulta "inconciliable" con el derecho fundamental a la aconfesionalidad del Estado.

En el recurso también se alegaba que se trata de "un puro emblema del catolicismo impuesto por la dictadura franquista" y se indicada que "el uso de un espacio público con la estatua referida constituye un privilegio a favor del símbolo católico en comparación con otra confesión distinta".

Sin embargo, el tribunal ha desestimado el recurso al aducir que en España se aprecia en "multitud de lugares públicos la presencia de símbolos de carácter religioso, como crucifijos, monumentos o estatuas representativas de la figura de Cristo, similares" a la Cruz de la Muela de Orihuela.

Según el TSJCV, el mantenimiento de esos símbolos "no es sino" una "manifestación del respeto a dichas tradiciones y no" una "imposición de unas particulares creencias religiosas".

"En tal sentido -añade la sentencia- no pueden entenderse como representativos de posturas de intolerancia hacia el no creyente en las mismas y así debe entenderse cuando de su mantenimiento se trata".

El fallo dice que "la neutralidad e imparcialidad del Estado (...) no es, en forma alguna, incompatible con la presencia de símbolos religiosos en lugares públicos (...), sino expresión de la historia y cultura" de España, que "está cargada de elementos religiosos e ideológicos perfectamente compatibles con el principio de laicidad positiva exigido por la Constitución española".

La sentencia del TSJCV, contra la que se puede interponer un recurso de casación, se ha conocido el día en que la junta de gobierno local de Orihuela ha aprobado el expediente para declarar la Cruz de la Muela como Bien de Relevancia Local.

Esa declaración supone la inclusión de dicho símbolo religioso en el catálogo de bienes de este tipo en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Orihuela, según ha anunciado el también portavoz municipal, Pedro Mancebo (CLR).

Mancebo ha destacado que "esta construcción, que es objeto de la modificación aprobada hoy, no cuenta en la actualidad con ningún grado de protección".

Con su inclusión en el catálogo, también se obliga en cierta medida a la "recuperación y mantenimiento de la estructura", ha explicado.

"Además, hay que tener en cuenta que la Ley de Patrimonio Cultural valenciano introduce esa categoría para inmuebles que posean valores históricos, artísticos, paleontológicos o etnológicos relevantes en el ámbito local o comarcal", ha recordado el portavoz municipal.