El alcalde de Torrevieja, José Manuel Dolón (Los Verdes) ha delegado en la concejala Fanny Serrano (PSOE) la resolución de expedientes de vallado y limpieza de parcelas. Hasta ahora los expedientes los iniciaban los técnicos de Urbanismo pero debía resolverlos el área de Alcaldía. Ahora todo el trámite se realizará en el mismo departamento municipal. También las órdenes de ejecución sobre limpieza y vallado. en Torrevieja. La competencia de ordenar estas ejecuciones es una de las que está implícita en las reponsabilidad que asumen todos los alcaldes cuando asumen el cargo. Es decir, el primer no la asumió de forma expresa como sí hizo con Aseo Urbano

El objetivo de Urbanismo es estar más cerca de la supervisión de del cumplimiento de la ordenanza municipal de Fomento de la Calidad del Medio Urbano vallado y limpieza de solares particulares y la ley de Ordenación del Territorio de la Comunidad Valencia (LOTUP).La falta de atención de los propietarios a la conservación de parcelas sin urbanizar es una de las principales fuentes de quejas vecinales al Ayuntamiento en muchas zonas residenciales de Torrevieja -ahora y durante años-. Esos suelos se convierten en zonas improvisadas de vertido residuos y focos de plagas, además dar una sensación de abandono y degradación del medio urbano en zonas residenciales, escogidas precisamente por el turismo residencial para pasar sus vacaciones.

En especial, porque la responsabilidad del abono y construcción del vallado recae exclusivamente en los propietarios de las parcelas. Esta delegación de competencias del alcalde en la concejala no ha sido anunciada públicamente.

Fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el pasado 17 de octubre y está rubricada por el primer edil desde el 3 de octubre. Serrano, que es primera teniente de alcalde, suma a esta competencia a las que ya ejerce como edil de Urbanismo, Turismo, Medio Ambiente, Aperturas y secretaria y portavoz de la junta de gobierno. La legislación autonómica de 2014, como una herramienta contra la especulación, incluso contempla la posibilidad de declarar por parte de la administración el incumplimiento del deber de edificar o rehabilitar por parte de los propietarios con la posibilidad de que la administración, e incluso otros particulares, puedan expropiar esos suelos, cuando hayan transcurrido 6 años sin que los dueños hayan desarrollado un inmueble.