La Guardia Civil ha investigado al conductor de un vehículo pesado como presunto autor de un delito contra la seguridad vial al circular por la autovía A-7, a su paso por Lorca, superando casi cuatro veces la tasa máxima de alcohol permitida, que en el caso de conductores profesionales es de 0,15 miligramos por litro de aire espirado.

Según han informado fuentes del Instituto Armado en un comunicado, los hechos se produjeron sobre las 15.10 horas cuando una patrulla de motoristas del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Lorca, que se encontraba realizando servicio de vigilancia de la seguridad vial a la altura del kilómetro 640 de la autovía A-7, dirección Almería, observó cómo un vehículo pesado se encontraba detenido de manera antirreglamentaria, sin causa justificada, en el carril de salida de la mencionada autovía con dirección al Hospital Rafael Méndez, con el consiguiente peligro que representaba para el resto de los usuarios que tenían que maniobrar peligrosamente para no colisionar con éste.

Ante estas circunstancias, la patrulla requirió al conductor del camión a someterse a las pruebas preceptivas de detección de alcohol, arrojando un resultado positivo de 0,56 y 0,57 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. En sendas pruebas reglamentarias que se le practicaron, casi cuadruplicaba la tasa máxima permitida que en el caso de conductores profesionales es de 0,15 miligramos por litro.

El conductor del vehículo pesado es un varón, español, de 47 años y vecino de Orihuela . El individuo es investigado al respecto como presunto autor del delito de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, al superar con creces las tasas establecidas.

El vehículo procedía de Alicante con destino a un almacén situado en la localidad almeriense de Pulpí, donde iba a cargar verdura para la exportación hacia el Reino Unido.

La persona investigada y las diligencias instruidas fueron puestas a disposición del Juzgado de Instrucción número 2 de Lorca.

Conducir bajo la influencia del alcohol

El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, con tasas superiores a 0,60 miligramos por litro, se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

Por otro lado, la Guardia Civil quiere apelar a la conciencia cívica de la población para que, avisen al teléfono '062' (Guardia Civil) o '1-1-2' (Emergencias), o directamente a las patrullas en servicio, cuando se encuentran con situaciones anómalas o maniobras irregulares que den lugar a pensar que los conductores lo hacen bajo la influencia de drogas o alcohol, con la finalidad de poder adoptar las medidas policiales oportunas para que estos vehículos sean interceptados y comprobado si sus conductores se encuentran en las condiciones adecuadas para circular con garantías de seguridad, evitando el consiguiente riesgo.