El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha obligado a Ribera Salud a entregar a la gestión pública el área sanitaria de Torrevieja en los términos fijados por la Generalitat, en una resolución que deniega la paralización de esta transición, algo que solicitaba la compañía amparándose en las dificultades provocadas por la pandemia. 

La resolución cuestiona de modo contundente la pretensión de Ribera Salud de invalidar, debido al impacto de la pandemia, las instrucciones de la Conselleria sobre cómo debe ser la entrega, y llega a reprochar a esta compañía que actúe “como si la pandemia hubiera afectado únicamente a su área de actuación”. 

El contrato de la Generalitat y Ribera Salud para la gestión sanitaria en Torrevieja, que vence el próximo 15 de octubre de 2021, prevé que un año antes del vencimiento la Generalitat notifique a la concesionaria las normas para la entrega de elementos materiales, inmateriales y de personal, cómo debe adaptar sus sistemas de información y, en suma, el modo en que debe hacerse la entrega del sistema de gestión privada al público. Ribera Salud recurrió ese expediente y, el pasado mes de febrero de 2021, Sanidad envió el asunto al TSJCV. 

El tribunal señala que Ribera Salud actúa como “si no estuviera previsto en el contrato que el momento de la reversión iba a llegar” y reprocha a la concesionaria que haya alegado “como si la pandemia hubiera afectado únicamente a su área de actuación”.

El tribunal señala que Ribera Salud “parece partir de bases que no son aceptables”, como “si no estuviera previsto en el contrato que el momento de la reversión iba a llegar”, como si la Administración no hubiera colaborado o como si lo que se le solicita para afrontar la entrega de su gestión a manos públicas no fueran materiales, personal o documentación que ya existen y tuvieran que ser elaborados desde cero. 

La resolución afecta únicamente a la petición de Ribera Salud de que se anulen las normas que, en cumplimiento del contrato entre la empresa privada y la Generalitat, le fueron comunicadas en octubre de 2020. Ribera Salud argumentaba que esa normativa no pudo tener en cuenta las dificultades generadas por la pandemia, pero el TSJCV, aunque le da tres meses más para algunas de las obligaciones que se le imponen, valida la decisión de la Conselleria. 

El fallo resuelve denegar la solicitud de suspensión de las normas encaminadas a la recepción del Hospital, Centros, medios materiales y personales, ampliando del 1 de diciembre al 31 de marzo el plazo para algunas de las obligaciones que se imponen a Ribera Salud en dicha normativa. Plazo que ya ha sido recurrido por la empresa sanitaria, según ha podido confirmar INFORMACIÓN de fuentes de la concesionaria.

Entre otros argumentos, la sentencia cuestiona que la concesionaria invoque "las garantías que exige el servicio sanitario" cuando "las medidas impugnadas no tienen otra finalidad que conseguir ese objetivo".  "No le asiste la razón a la demandante, porque olvida que éste es un procedimiento entre una concesionaria de un Departamento de Salud y la Conselleria de Salud y Sanidad Publica, cuya finalidad y competencias van dirigidas, precisamente, a la finalidad pública que parece atribuirse con carácter exclusivo y excluyente", subraya el auto.  El Gobierno valenciano fijó en marzo de 2017 el calendario oficial de reversión al sistema público de las concesiones administrativas sanitarias cuyos contratos estaban próximos a vencer

RIBERA RECURRE EL NUEVO PLAZO ALTERNATIVO Y ASEGURA QUE EL FALLO LE DA PARCIALMENTE LA RAZÓN


Ribera Salud ha indicado que está "estudiando en profundidad la sentencia" y que está "satisfecha" con la resolución del TSJ, "que nos da la razón parcialmente, puesto que se reconoce que la pandemia debe ser nuestra prioridad y aclara que en medio de una crisis sanitaria como la actual, no era es el momento idóneo para que Conselleria solicitase información relativa a la reversión del hospital y dedicar recursos humanos a ello".


La concesionaria ha recurrido la sentencia porque "se nos indica un plazo alternativo hasta el 31 de marzo, y creemos que el riesgo de la pandemia no termina el 31 de marzo, y debemos seguir priorizando la atención a nuestros pacientes y la seguridad de nuestros profesionales. Creemos que hemos de trabajar todos de una manera coordinada, de acuerdo con las normativas gubernamentales que se están tomando en este sentido, como el de los cierres perimetrales de comunidades ante la amenaza de la Semana Santa”.