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El TSJ anula las multas a los regantes por el vertido de plásticos al río Segura

El tribunal estima un recurso del Sindicato de Aguas de San Fulgencio y señala que la Confederación responsabilizaba sin pruebas a los agricultores

Imagen de una jornada de recogida voluntaria de residuos flotantes, sobre todo plásticos, en un azarbe de San Fulgencio. | TONY SEVILLA

El Tribunal Superior de Justicia ha eximido al Sindicato General de Aguas de San Fulgencio del pago de una multa impuesta por la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) por el vertido de residuos en los canales de riego de la huerta tradicional. La resolución del alto tribunal -en este caso el TSJ de Murcia- señala que la Confederación no ha probado la autoría de los vertidos a la hora de sancionar a los agricultores por la contaminación del cauce. Por lo tanto no es responsabilidad del sindicato, que sí realiza su limpieza periódica, la contaminación que se acumula con residuos flotantes, en especial plásticos, en la red de riego tradicional.

El organismo de cuenca denunció el depósito de residuos en el cauce del río Segura procedente de los azarbes de La Reina y La Culebrina y que desembocan en el tramo final del Segura en Guardamar. La multa a la que se refiere el fallo del contencioso se remonta a septiembre de 2017 y se deriva de otra batería de sanciones que impuso el Servicio de Policía de Aguas y Cauces de la CHS en ese momento a los regantes. En este caso la CHS, que llegó a cobrarse la multa por embargo -3.600 euros-, deberá ahora devolver el importe con intereses de demora a los regantes.

La resolución da la razón a los agricultores tradicionales, hartos de denunciar públicamente en los últimos años que no son responsables de la contaminación creciente en los azarbes de riego por toneladas de residuos flotantes y que termina acumulándose en el tramo final del Segura. Los regantes señalaban en su recurso que en sus reuniones públicas advierte «a la ciudadanía continuamente de la necesidad de respetar y mantener limpio el medio ambiente» y que carece de instrumentos jurídicos para combatir el vertido de residuos contaminantes en sus acueductos.

Además, advertían que los planeamientos urbanísticos, «con el beneplácito de la Administración, han permitido la edificación sobre la misma ribera y a veces sobre el mismo cauce del Azarbe de La Reina», provocando que, «con total impunidad, se arroje cualquier tipo de vertido», cuando la responsabilidad de la recogida de residuos sólidos urbanos es de los ayuntamientos. El Sindicato tiene entre sus funciones realizar las mondas de los acueductos -es decir, limpiarlos para facilitar el paso del agua- pero no la retirada de sólidos, que no obstante, aclara en su recurso, ha estado también realizando, pese a que durante años ha sido la CHS la que se ha encargado de esa función.

6.000 m3 al año

La infracción impuesta se remonta a un momento en el que el Ministerio de Transición Ecológica intensificó su labor de vigilancia sobre los cauces con la contradicción, pendiente de resolver, de multar por vertidos en cauce público, y al mismo tiempo considerar que no es de su competencia su limpieza, y atribuírsela exclusivamente a los regantes. La entidad de Cuenca actuó en aquel momento ante la presión de la opinión pública por la lamentable imagen de los azarbes, acequias y tramo final del río repletos de envases plásticos, que además contaminan tramos de playa de Guardamar y el mar. La estrategia ha cambiado por estos reveses judiciales, la planificación conjunta de las administraciones -también las locales- y regantes de instalación de dispositivos de retención de sólidos y contenedores -aunque todavía sin desplegar ni concretar quién paga su mantenimiento y limpieza- y por la certeza avalada con un estudio de la Universidad Miguel Hernández de que solo una mínima parte de los 6.000 m3 de residuos sólidos que se acumulan al año en el tramo de la Vega Baja del río proceden de la actividad agrícola. La mayor parte son residuos sólidos urbanos - de viviendas- y además el 20% proceden de la Región de Murcia.

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