El Consell ha autorizado a la Abogacía General de la Generalitat para ejercitar la acción popular en el caso del asesinato en Torrevieja de María Elia, de 35 años de edad, víctima de la violencia machista el pasado mes de diciembre.

Su pareja, de 39 años y nacionalidad española, se entregó en el cuartel de la Guardia Civil varias horas después del crimen. Días después el juez enviaba a prisión al asesino confeso y suspendía la patria potestad, de forma que el detenido perdía de forma cautelar los derechos sobre la niña de tres años que tenían en común.

Los hechos conmocionaron a la sociedad y se produjeron varias concentraciones, homenajes y minutos de silencio en memoria de la víctima, que trabajaba en un céntrico supermercado desde hacía más de 10 años.

El suceso constituye "un problema de ámbito social y de interés general que obliga a los poderes públicos a actuar de manera activa con el objetivo de lograr la plena erradicación de los malos tratos", explica el comunicado de la Generalitat.

La propuesta de actuación institucional por parte de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se realiza "con el fin de aunar esfuerzos y visibilizar de forma conjunta el rechazo a los actos de violencia de género, en aquellos casos en que se produzca la muerte de una mujer o de sus hijos en la Comunidad Valenciana".

Este protocolo incluye la realización de una concentración de repulsa en la puerta del Palau de la Generalitat y en la de cada una de las consellerias.

Además, la ley autonómica para la Igualdad entre Mujeres y Hombres establece que la Conselleria con competencias en materia de mujer podrá proponer al Consell el ejercicio de la acción popular, a través de la Abogacía General o de abogados colegiados en los supuestos de agresiones físicas domésticas en los que se cause la muerte o lesiones graves a mujeres residentes en la Comunidad Valenciana.

También la Ley Integral contra la violencia sobre la Mujer establece en su artículo 58 que la Generalitat ejercerá la acción popular en todos los procedimientos penales que se sigan por delitos de violencia sobre la mujer con resultado de muerte, así como en aquellos casos en los que se genere alarma social o produzca lesiones graves e invalidantes.

En su caso, la Generalitat solicitará siempre la privación de la patria potestad del presunto agresor.

Asimismo, la Ley de Asistencia Jurídica de la Generalitat dispone que corresponde a los abogados de la Generalitat integrados en la Abogacía General de la Generalitat la representación y defensa en el juicio.