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Acuerdan internar 16 años en un psiquiátrico al hombre que degolló a su padre en Albatera

La Audiencia absuelve al acusado de los delitos de homicidio y atentado a causa de la alteración psíquica que sufrió por la esquizofrenia paranoide que padece

El acusado de matar a su padre en Albatera en el juicio celebrado en Elche. DELGADO

La Audiencia Provincial ha acordado el internamiento de un hombre que degolló a su padre en Albatera en 2020 en un hospital psiquiátrico penitenciario durante un plazo máximo de 16 años, según la sentencia dictada recientemente. El acusado deberá indemnizar además a su madre con 100.000 euros y a su hermano con otros 30.000 por los daños morales o perjuicios psicológicos causados.

La sentencia, dictada de acuerdo al veredicto de no culpabilidad emitido por un jurado popular en un juicio celebrado a principios de marzo en el Palacio de Justicia de Elche, absuelve al acusado de los delitos de homicidio y atentado a agentes de la autoridad al aplicarle la eximente completa de alteración psíquica al haber sufrido un brote psicótico por la esquizofrenia paranoide que padece.

El internamiento en un hospital psiquiátrico penitenciario - solo hay el de Fontcalent y otro en Sevilla- se aplica como medida de seguridad dada su peligrosidad. La sentencia recoge que el internamiento en dicho centro hospitalario será durante un periodo máximo de 16 años, «sin perjuicio de modificar su situación en función de la evolución de su enfermedad según el dictamen de los psiquiatras».

Los hechos declarados probados por el jurado ocurrieron sobre las siete de la tarde del 19 de junio de 2020 en el domicilio familiar del acusado en Albatera. El acusado, que este mes de abril cumplirá 32 años, mantuvo una discusión con su padre y tras coger una navaja comenzó a agredirle con ánimo de acabar con su vida. Le asestó hasta 27 cuchilladas por diversas partes del cuerpo y con una de ellas degolló a su padre, que murió en pocos minutos al sufrir una hemorragia masiva, según la sentencia.

Media hora después de ocurrir la agresión mortal, la madre y un hermano del acusado llegaron a la vivienda familiar pero no pudieron entrar porque había echado el cerrojo y no les abría. Llamaron a la Policía Local de Albatera y los agentes desplazados al lugar tampoco consiguieron que les abriera la puerta por lo que entraron por la fuerza a la casa. En ese momento, el acusado se dirigió a los policías locales con la navaja en la mano pero no logró alcanzarles con dicha arma blanca. A continuación le dio un puñetazo a uno de los agentes y salió corriendo fuera de la vivienda, donde cayó al suelo y fue detenido.

El jurado considera probado que el acusado tenía afectadas sus facultades intelectiva y volitiva el día de los hechos debido a una esquizofrenia paranoide que sufre desde hace más de 10 años, a la falta de medicación y al consumo de marihuana. Dicha esquizofrenia, indica el fallo judicial, «le impidió de forma severa interpretar la realidad y el alcance de sus actos».

Idea delirante

El acusado absuelto de matar a su padre en Albatera a causa de un brote psicótico tenía diagnosticada una esquizofrenia paranoide desde una década antes del crimen. El jurado consideró probado que tenía anulada su capacidad intelectiva y volitiva por su esquizofrenia, que era severa, tal como coincidieron los psiquiatras en el juicio. Los expertos resaltaron en la vista oral que esta enfermedad se caracteriza por las ideas delirantes que tiene el enfermo, el cual las vive como reales y es incapaz de verlo de otra forma. En el caso del acusado de matar a su padre, su idea delirante es que no era hijo de sus progenitores. Durante esos diez años dejó de tomar la medicación y cuando sucedieron los hechos, en plena pandemia, no se la tomaba, lo que le causaba descompensaciones y sufrió un brote psicótico.

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