La sección séptima de la Audiencia Provincial con sede en Elche ha condenado a un policía local de Torrevieja por dos delitos de falsedad documental por imprudencia grave a 90 días de suspensión de empleo y sueldo, una multa de 540 euros y el pago de todas las costas del procedimiento, que se ha cerrado quince años después de que se denunciaran los hechos. Ha quedado probado que el agente de base condenado empleó en 2007 la identificación profesional de tres de sus compañeros sin su conocimiento para imponer dos multas a un vecino de Torrevieja. 

La condena se ha dado por conformidad. El día en el que debía iniciarse la vista oral del juicio las partes llegaron a un acuerdo. El agente reconoció ser el autor de los delitos de falsedad cometidos, además, por un funcionario público. Fue la única secuencia del juicio. El magistrado presidente del tribunal preguntó al acusado si se confesaba autor del delito que le imputaba en la calificación el Ministerio Fiscal y de la acusación particular, y respondió afirmativamente y el abogado de la acusación decidió no seguir con el juicio.

El Policía impuso dos sanciones de tráfico a un hostelero local por una disputa personal en abril de 2007 y usó la identificación profesional de tres agentes. Uno de ellos fue el que denunció y sufrió represalias de los mandos que apoyaron al condenado

Con ello ha evitado la posibilidad de que la sentencia, además de condenatoria, acarreara una pena de cinco años de prisión y otros cinco de inhabilitación para ejercer cargo público, según la reclamación inicial del Ministerio Fiscal en su escrito de acusación, lo que le hubiera impedido continuar ejerciendo su trabajo como Policía Local.

El agente ha reconocido que en la mañana del 2 de abril de 2007 multó a un vehículo estacionado en la calle Orihuela, propiedad de un hostelero local con el que mantenía una disputa personal, e hizo constar como denunciantes a dos compañeros agentes de la plantilla sin su conocimiento: ni se encontraban en el lugar ni tenían nada que ver con el boletín de denuncia. La misma secuencia volvió a repetirla el 24 de abril de 2007 imponiendo una multa de tráfico al mismo vecino, que en realidad no había cometido infracción en ningún caso, empleando la identificación de otro agente como denunciante.

La acusación, impulsada por uno de los agentes de la Policía Local a la que el condenado usurpó su identidad, ha logrado una sentencia condenatoria, cuando el atenuante por dilaciones indebidas en el procedimiento -quince años de instrucción, recursos, escritos de calificación hasta el señalamiento del juicio- podrían haber precipitado una posible absolución por prescripción de los delitos.

Con la condena en firme de este agente el máximo responsable de la Policía Local, el alcalde Eduardo Dolón (PP), debería iniciar un expediente disciplinario. En la plantilla local existen más de media docena de procedimientos judiciales abiertos contra mandos y agentes con expedientes disciplinarios paralizados o caducados a expensas de que sus causas judiciales se resuelvan. En este caso, con una condena, la legislación señala que el policía local condenado debería ser expedientado tras los hechos probados. Mientras el agente que denunció los hechos fue sometido a acoso por parte de los mandos y tuvo que dejar su trabajo en Torrevieja, no tuvo sin embargo consecuencias para los jefes policiales que respaldaron al ahora condenado.