Los concejales de la oposición Rodolfo Carmona y del grupo municipal de Los Verdes, con su portavoz Israel Muñoz a la cabeza, han denunciado públicamente el bloqueo de su acceso a la documentación de los registros de entrada y salida del Ayuntamiento de Torrevieja. Desde que el municipio incorporó la herramienta de sede electrónica Gestiona este acceso era automático -tal y como ocurre en todos los municipios de gran población de la Comunidad Valenciana-.

En ese departamento se da cuenta de toda la actividad administrativa con peticiones, requerimientos e información de particulares, empresas y administraciones en su relación con la corporación local. También de todo el volumen de salida con resoluciones y comunicación del municipio con sus administrados y otras administraciones.

La consulta diaria de este registro suele ser un buen reflejo de la actividad de gestión municipal -también de sus errores- y su consulta, con las restricciones de la ley de Protección de Datos a la que deben ceñirse los ediles, esencial para su labor diaria.

El sábado pasado los terminales que los cargos públicos emplean para realizar su trabajo de fiscalización al equipo de gobierno tenían bloqueada la opción de consultas de registro de entrada y salida del Ayuntamiento.

El acceso ha sido imposible durante esos tres días. Para sorpresa de los concejales cuando se ha restablecido solo se pueden consultar los enunciados del registro, con la fecha de entrada o salida, el número asociado al registro, y el asunto.

La administración electrónica y la integración de los procesos administrativos por la vía telemática ha agilizado la gestión municipal. Pero en este caso con el inconveniente para el gobierno local de que la oposición ha tenido acceso a la documentación en tiempo real. Con lo que en los últimos meses daba cuenta de asuntos poco cómodos para el gobierno municipal antes incluso de que el alcalde Eduardo Dolón (PP) tuviera constancia de ellos.

Legislación

La práctica habitual antes de que llegara la administración electrónica era que los miembros de la oposición pidieran acceso a la documentación que consideraran de interés en función de los enunciados del registro. Y que el gobierno local -conociendo ya sobre qué asunto se interesaba la oposición- moldeara el periodo de respuesta dejando en muchas ocasiones que la consulta se desfasara y perdiera todo el sentido. Táctica, por otra parte, empleada en otros ayuntamientos independientemente del signo político de su gobierno.

Los concejales recuerdan que la información pública a los concejales es un derecho fundamental, previsto en el artículo 23 de la Constitución Española (CE), y ampliado por la disposición adicional primera de la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTAIBG) y también recogida y regulada por numerosa reglamentación autonómica, como el artículo 128 de la ley de 2010 de régimen local de la Comunidad Valenciana, que además completa este derecho para que ese acceso sea automático sin necesidad de solicitud previa al alcalde.